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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad de poder ser notificada una resolución a una Entidad solicitante de una subvención institucional, en virtud de lo establecido en la Orden de la Consejería de Asuntos Sociales de 2 de enero de
2001, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2001, la Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales,
R E S U E L V E
Primero. Notificar a la Entidad: Federación de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, FENPA, el contenido del acto administrativo que se especifica a continuación:
Núm. de expediente: 33/2001.
Contenido del acto: Resolución de 10 de diciembre de 2001, de la Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se deniega una subvención institucional en la modalidad de Programas, para el Sector de Personas Mayores, por no superar la puntuación mínima fijada para la obtención de una subvención en la referida modalidad. Con la advertencia legal de que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 5 de febrero de 2002.- La Directora Gerente, Adoración Quesada Bravo.
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