Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 14/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de febrero de 2002, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delega en el Director Gerente del Hospital Universitario San Cecilio (Granada) la competencia para el reconocimiento de obligaciones, propuesta de pagos y prórroga de los conciertos de hemodiálisis suscritos con Estudios de Salud, SL, y con Gambro Healthcare España, SL.

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El 29 de diciembre de 1997 esta Dirección Gerencia suscribió un contrato con la empresa "Hospal, S.A.", hoy "Gambro Healthcare España, S.L.", para la gestión indirecta del servicio público de hemodiálisis en Motril (Granada) mediante concierto, con una duración de un año prorrogable a partir de la fecha efectiva de inicio de la prestación. El importe máximo actual es de 770.352,31 euros, correspondiente a 6.396 sesiones de hemodiálisis con concentrado de bicarbonato, a una tarifa de

113,122498 euros por sesión y 7,320327 euros por concentrado de bicarbonato.

El 30 de diciembre de 1997 esta Dirección Gerencia suscribió otro contrato con la empresa "Estudios de Salud, S.L.", para la gestión indirecta del servicio público de hemodiálisis en Granada mediante concierto, con una duración de un año prorrogable a partir de la fecha efectiva de inicio de la prestación. El importe máximo actual es de 1.257.590,25 euros, correspondiente a 11.222 sesiones de hemodiálisis con concentrado de bicarbonato, a una tarifa de 104,966764 euros por sesión y 7,097953 euros por concentrado de bicarbonato.

En ambos contratos la facturación y forma de pago se prevé en el Pliego de Cláusulas de Explotación: La cláusula 16.9 establece que la empresa deberá presentar la factura en el Hospital cuyo Servicio de Nefrología haya establecido la indicación con las condiciones que recoge la cláusula 5 del Pliego de Prescripciones Técnicas, cláusula que asimismo dice en su apartado 5.5. que, una vez revisada la factura, la Dirección de los servicios administrativos del Hospital certificará su conformidad y remitirá los documentos a la unidad encargada de la tramitación administrativa para su abono. Siendo el órgano de contratación esta Dirección Gerencia, el reconocimiento de obligaciones y propuesta de pago se realiza por el titular del órgano competente en los Servicios Centrales del Organismo en Sevilla.

Por otro lado, el Pliego también prevé (cláusulas 6.2 y 6.3) la posibilidad de prórroga de la vigencia del contrato, una vez satisfechos los requisitos establecidos en la legislación vigente, así como la de obligar al contratista a continuar el servicio por razones de interés público durante el tiempo necesario hasta la formalización de un nuevo contrato.

Siendo desde el punto de vista clínico el Servicio de Nefrología del Hospital Universitario "San Cecilio", de Granada, el de referencia de los pacientes en ambos casos, y correspondiendo a la Dirección de este Hospital la remisión de los mismos a los centros para tratamiento, se considera conveniente y oportuno, por razones de eficacia administrativa, agilizar en lo posible el procedimiento de facturación y pago de los servicios debidamente prestados, así como los procedimientos para, en su caso, prorrogar la vigencia de los contratos según lo previsto en los mismos.

Por las razones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas,

RESUELVO

Delegar en el Director Gerente del Hospital Universitario "San Cecilio" el ejercicio de la competencia para, en el ámbito de los contratos suscritos el 29 y el 30 de diciembre de 1997, respectivamente, entre el Servicio Andaluz de Salud y "Gambro Healthcare España, S.L." y "Estudios de Salud, S.L.", para la prestación del servicio de hemodiálisis en Granada:

a) Reconocer las obligaciones y formular las propuestas de pago por los servicios prestados al amparo de los citados contratos, según lo establecido en las cláusulas 16.9 del Pliego de Cláusulas de Explotación y 5 del de Prescripciones Técnicas.

b) Prorrogar su vigencia según lo previsto en las cláusulas 6.2 y 6.3 del Pliego de Cláusulas de Explotación.

Esta Resolución tendrá efectos a partir del día 1 de marzo de

2002.

Sevilla, 14 de febrero de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

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