Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 16/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 24 de enero de 2002, por la que se amplían las enseñanzas de Ciclos Formativos de Grado Medio al Centro docente privado Salesiano Santísima Trinidad, de Sevilla.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Gustavo Martagón Ruiz, como representante de la Congregación de San Francisco de Sales, titular del Centro docente privado "Salesiano Santísima Trinidad", sito en Sevilla, en C/ María Auxiliadora, núm. 18, solicitando modificación de la autorización de Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio, por autorización de un Ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos, de acuerdo con lo establecido en el art. 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que por Orden de 17 de octubre de 1996 (BOJA de 12 de noviembre) el Centro privado "Salesiano Santísima Trinidad", de Sevilla, tiene autorización para un centro de Educación Primaria con 12 unidades y 300 puestos escolares y un Centro de Educación Secundaria para impartir Educación Secundaria Obligatoria con una capacidad de 12 unidades y 360 puestos escolares; Bachillerato: 6 unidades y 210 puestos escolares en la Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud, 4 unidades y 140 puestos escolares en la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y 6 unidades y 210 puestos escolares en la de Tecnología. Por Orden de 16 de junio de

1998 (BOJA de 16 de julio) tiene autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio (un ciclo de Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas; dos ciclos de Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo; un ciclo de Técnico en Mecanizado y un ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos) y Ciclos de Formación Profesional Específica de Grado Superior (un ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Productos Electrónicos; un ciclo de Técnico Superior en Automoción; un ciclo de Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas; un ciclo de Técnico Superior en Producción por Mecanizado.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General No Universitarias; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto

4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 19.e) del Decreto 109/1992, de 9 de junio, al Centro privado "Salesiano Santísima Trinidad", de Sevilla, la autorización para la ampliación de las enseñanzas correspondientes a un Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Electromecánica de Vehículos y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Salesiano Santísima

Trinidad".Titular: Congregación de San Francisco de Sales.

Domicilio: C/ María Auxiliadora, núm. 18.

Localidad: Sevilla.

Municipio Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código: 41005208.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 12 unidades y

360 puestos escolares.

b) Bachillerato:

Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. Capacidad:

6 unidades y 210 puestos escolares.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Modalidad: Tecnología. Capacidad: 6 unidades y 210 puestos escolares.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

- Técnico en Mecanizado.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico en Electromecánica de Vehículos.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

d) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Técnico Superior en Desarrollo de Productos Electrónicos.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Instalaciones Electrónicas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Producción por Mecanizado.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Técnico Superior en Automoción.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sin que esta autorización

presuponga otorgamiento de Concierto Educativo, que deberá solicitarse en expediente aparte, según lo establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE de 27 de diciembre).

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, la

Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Con

tencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de enero de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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