Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 21/03/2002

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Córdoba, por el que se hace pública Resolución de Expediente de reintegro con intereses de demora a la entidad Manufacturas Textil El Juncal, con NIF B-14493092 relativa al Expte 14-106/98J de subvención de cursos de FPO.

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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la siguiente Disposición:

RESOLUCION DE PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO

Esta Delegación de Empleo y Desarrollo Tecnológico, antes de Trabajo e Industria, vista la documentación obrante en el expediente de la entidad denominada Manufacturas Textil El Juncal, SL, con CIF B-14493092, comprueba que mediante Resolución adoptada con fecha 7 de septiembre de 1998 se le concedió a la antedicha una subvención de dos millones setecientas diecinueve mil quinientas pesetas (2.719.500 ptas.), destinada a cubrir los gastos de ejecución de la acción formativa que se recogía en el anexo de la citada resolución, al amparo todo ello del Decreto 204/97, de 3 de septiembre y de la Orden que lo desarrolla de 17 de marzo de 1998.

A fin de declarar la procedencia del reintegro y determinar la cantidad, se inició expediente por acuerdo de fecha 08.01.02.

H E C H O S

1. Mediante Convenio firmado con fecha 7 de septiembre de 1998 le fue concedida a la entidad Manufacturas Textil El Juncal, SL una subvención de 2.719.500 ptas. (16.344,52 euros) para la impartición de un curso de FPO recogido en el anexo adjunto al citado Convenio.

2. se procede al abono en concepto de anticipo/liquidación de la cantidad de 2.719.500 ptas. mediante orden de pago identificada con el núm. 3.396 y materializado con fecha

05.04.99.

3. Se tiene conocimiento del incumplimiento de la condición impuesta en el apartado 3 del artículo 18 de la Orden de 17 de marzo de 1998 que obliga a la Entidad subvencionada a presentar certificado de asiento en contabilidad, una vez recibidos el anticipo o fracción de la ayuda concedida por lo que con fecha

08.05.01 se le requiere dicha documentación.

4. Con fecha 08.01.02 se acuerda la apertura de expediente de reintegro procediéndose a su notificación el pasado 02.02.02 mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14 del acuerdo de reintegro a la entidad Manufacturas Textil El Juncal, SL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.d) de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 29.i) de la Orden de 17 de marzo de 1998 y siendo esta Delegación de Empleo y Desarrollo Tecnológico competente para resolver, según lo recogido en el Decreto 6/2000, de 28 de abril (BOJA núm. 50, de 29 de abril) y artículo 21 del Decreto

204/1997, de 3 de septiembre (BOJA núm. 116, de 4 de octubre) y artículo 104 de la antedicha Ley 5/1983.

R E S U E L V E

1. Declarar el incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo del otorgamiento de la subvención al no haberse aportado el preceptivo certificado de asiento en contabilidad correspondiente a la cantidad abonada como anticipo/liquidación por un importe de 2.719.500 patas. (16.344,52 euros).

2. Declarar como consecuencia de lo anterior la procedencia del reintegro de la cantidad de 2.719.500 ptas. (16.344,52 euros) con adición de 366.605 ptas. (2.203,34 euros) en concepto de intereses de demora desde la fecha de pago de la subvención.

3. El reintegro deberá efectuarse en el siguiente plazo voluntario:

a) Si el acuerdo se notifica entre los días 1 al 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Si el acuerdo se notifica entre el día 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

4. El reintegro se efectuará a favor de la Tesorería General de la Junta de Andalucía en la cuenta restringida de recaudación de tributos y demás derechos de la Comunidad, de

la Delegación Provincial de Economía y Hacienda, sita en la C/ Gondomar, 5 de esta capital.

En el documento de ingreso denominado carta de pago, deberá hacer constar que la causa del ingreso es el reintegro de la subvención de que se trate y lo comunicará a este Servicio de Formación y Empleo presentando copia compulsada del mismo.

Notifíquese esta Resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, advirtiéndole que contra la misma podrá interponer el potestativo Recurso de Reposición, ante esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, o directamente Recurso Contencioso

Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso

Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses, contándose ambos plazos desde el día siguiente a aquel en el que tenga lugar la notificación de la presente Resolución.

Córdoba, 20 de febrero de 2002.- El Delegado, Andrés Luque García.

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