Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 26/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 14 de febrero de 2002, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción genérica, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del Acueducto y cubo del Molino de las Juntas, en Abla (Almería).

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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico- administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación de los mismos.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, se propone la inscripción genérica en dicho Catálogo General del Acueducto y cubo del Molino de las Juntas en Abla de la provincia de Almería, de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley

1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y el artículo 7.2 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto

19/1995, de 7 de febrero.

El lugar donde se ubica el Molino de las Juntas parece ha sido ocupado, al menos, desde el siglo XVI, permaneciendo inalterable su emplazamiento con las necesarias reparaciones y reformas para mantenerlo en uso. El interés del Acueducto y el cubo del Molino de las Juntas se basa, fundamentalmente, en sus valores sociales y etnológicos (funcionales, morfológicos, tipológicos y simbólicos) como elemento relevante de la cultura del agua almeriense. Del Molino de las Juntas se conservan elementos importantes como son el acueducto, el cubo y dos de las piedras del molino, siendo representativo de los numerosos molinos hidráulicos harineros de esta comarca. Perdida su significación tradicional, el molino ha adquirido un nuevo valor de identificación local reivindicado por diferentes grupos y vecinos de la comarca.

Vista la propuesta del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo

9.1 y 2 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de sus competencias, según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, y el artículo 5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto

19/1995, de 7 de febrero,

ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico, del Acueducto y cubo del Molino de las Juntas en Abla (Almería), cuyos datos figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Proceder, de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, a la anotación preventiva de dichos inmuebles en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3 de dicha Ley, esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

Tercero. Según lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores de los bienes tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

Cuarto. Según lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley antes indicada, en el supuesto de inmuebles objeto de inscripción genérica, la Consejería de Cultura podrá exigir la suspensión de actuaciones o transformaciones de los mismos por espacio de treinta días hábiles, con el fin de decidir sobre la

conveniencia de incluirlos en alguna de las tipologías de inscripción específica.

Quinto. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del expediente se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, en Almería, conforme a lo dispuesto en la

Resolución de 1 de junio de 1999, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico en las Delegaciones Provinciales de la Consejería.

Sevilla, 14 de febrero de 2002.- El Director General, Julián Martínez García.

A N E X O

I D E N T I F I C A C I O N

Denominación: Acueducto y cubo del Molino de las Juntas o de los Arcos.

Localización: Paraje de las Juntas, término municipal de Abla (Almería).

DATOS HISTORICOS Y ETNOLOGICOS

La permanencia de las técnicas de construcción y el empleo de materiales fácilmente asequibles en la comarca dificultan la dotación del acueducto. No obstante, históricamente está constatada su existencia al menos desde el siglo XVI, y de su permanencia y funcionamiento a lo largo del tiempo tenemos diferentes fuentes escritas y orales.

El Molino de las Juntas está emplazado junto al río Abrucena y al Camino Real, en el paraje de las Juntas (Abla), y

correspondía a la tipología de molino hidráulico harinero de cubo y rodezno. De este molino sólo queda en la actualidad el acueducto y el cubo. Forma parte del conjunto hidráulico de las Fuentes del Margen de Abla en el que se incluyen los manantiales de Caces, Morellón, Ofatabla y Once y otros siete molinos harineros.

D E S C R I P C I O N

El acueducto que lleva el agua al cubo del Molino de los Arcos está formado por siete arcos de medio punto y está construido mediante la aproximación de hileras de lajas de pizarra colocadas a sardinel. Tiene unos cincuenta y tres metros de largo y su altura, en la parte más baja, es de unos dos metros y medio y cerca del cubo, en la zona más alta, es de unos cinco metros. Las pilas, de mampostería ordinaria de pizarra y mortero de cal y launa, tienen dos metros de anchura en la parte inferior. El interior del caz, con una sección en U de base plana, tiene un enlucido fino para aumentar su

impermeabilidad, al igual que el interior del cubo. La anchura del caz es de 1,40 m en total, 60 cm de la canal y 40 cm en cada uno de los muros de mampostería de la acequia. Este caz en la actualidad es utilizado como acequia de riego y presenta dos aberturas en el mismo, una al principio del acueducto o para (parada) para regar el bancal de parrales y otra abierta al final del cubo que sirve de aliviadero o de salida habitual del agua al estar cegado el cubo.

El cubo, pozo de sección circular y con forma exterior de pirámide escalonada y truncada, está situado al final del caz y desplazado a la izquierda del mismo sobre la sala del molino ya desaparecido. Fue construida con los mismos materiales y técnica que el acueducto y presenta además ladrillos y cantos de río que fueron insertados en diferentes fases de

reforzamiento de la estructura del mismo. Tiene unos cinco metros de altura en su parte exterior y unos 7 metros de caída vertical en el interior. El diámetro de la boca del cubo alcanza un total de 1,60 m de los que unos 90 cm corresponden al diámetro interior en la parte superior de la boca. Esta distancia va disminuyendo conforme se desciende hacia el fondo del cubo con el fin de aumentar la presión del agua que saldría por el saetillo para hacer girar el rodezno.

De la maquinaria del molino de las Juntas sólo se conservan dos de las piedras del molino, una francesa y otra bazeña, colocadas una encima de la otra, y situadas al pie del cubo en el lugar donde estaba el rodezno. La piedra proveniente de la Sierra de Baza es caliza, de color blanquecino, y reforzada con un aro de hierro y frecuentemente era utilizada para moler granos destinados a pienso de los animales domésticos. Las piedras tienen un diámetro de 120 cm y una anchura de 17 cm la de arriba y unos 22 cm la de abajo y no se aprecian las estrías o surcos que permanecen ocultos.

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