Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 26/03/2002

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Octava dimanante del rollo de apelación núm. 1114/2002. (PD. 707/2002).

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El Magistrado Ponente de la Sección Octava de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Hago saber: Que en el rollo de apelación número 1114/2002, dimanante de los autos de juicio cambiario núm. 85/2001, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Estepa, promovidos por González Cabello, S.A., contra Marta Caballero Salazar y herederos desconocidos e inciertos de Salvador Briales Plaza, se ha dictado sentencia con fecha 11 de marzo de 2002, cuyo fallo literalmente dice:

"Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de González Cabello, S.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia Núm. Uno de Estepa en el procedimiento de juicio cambiario número 85/2001 con fecha 12 de junio de 2001, revocamos dicha resolución en el sentido de estimar parcialmente la demanda cambiaria interpuesta por la representación procesal de González Cabello, S.A., contra doña María Caballero Salazar y contra don Salvador Briales Plaza como avalista de la letra, condenando a ambos demandados solidariamente a pagar a la actora la cantidad de un millón novecientas dieciséis mil pesetas (son 11.515,39 E) de principal, más los intereses legales de la Ley Cambiaria y del Cheque, sin condenarlos a pagar los gastos derivados del impago de la letra ni las costas de ninguna de las instancias.

Dentro del plazo legal, devuélvanse las actuaciones originales al Juzgado de procedencia con testimonio de esta resolución para su ejecución.

Así, por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando en grado de apelación, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."

Y con el fin de que sirva de notificación a los apelados rebeldes herederos desconocidos e inciertos de Salvador Briales Plaza, extiendo y firmo la presente en la ciudad de Sevilla, a trece de marzo de dos mil dos.- El Secretario, El Magistrado Ponente.

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