Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 26/03/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTRC. NºDOS DE VERA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 89/2001. (PD. 706/2002).

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NIG: 0410041C20012000090.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 89/2001. Negociado:

Sobre: r.c.

De: Doña María Najar Zamora.

Procurador: Sr. Bartolomé Vidal Sánchez Martínez.

Letrado/a: Sr/a.

Contra: Herencia Yacente de don Manuel Cano Gallardo.

Procurador/a: Sr/a.

Letrado/a: Sr/a.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 89/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Vera, a instancia de María Najar Zamora, contra Herencia Yacente de don Manuel Cano Gallardo, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 199

En Vera, a 28 de noviembre de 2001.

Vistos por mí, Francisco Cano Marco, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Vera, los presentes autos de Juicio Ordinario, promovidos por María Najar Zamora, representada por el Procurador Sánchez Martínez y defendido/a por el/la Letrado/a Guerrero Cánovas, contra la Herencia Yacente de Manuel Cano Gallardo, en este juicio que versa sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes:

F A L L O

Que estimando íntegramente el suplico de la demanda promovida por María Najar Zamora, representada por el Procurador Sánchez Martínez y defendido/a por el/la Letrado/a Guerrero Cánovas, contra la Herencia Yacente de Manuel Cano Gallardo, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de un millón ciento setenta y tres mil novecientas sesenta y seis pesetas (1.173.966 pesetas), más los intereses legales desde la demanda y las costas de este procedimiento.

Contra esta sentencia podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos y cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Herencia Yacente de don Manuel Cano Gallardo, extiendo y firmo la presente en Vera, a veintidós de enero de dos mil dos.- El/La Secretario.

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