Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 30/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 25 de febrero de 2002, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se actualizan los Censos de Embarcaciones Marisqueras con Rastro y Embarcaciones autorizadas al uso de la Draga Hidráulica.

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La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 10 de julio de 2001, tiene por objeto establecer normas que precisan la regulación de los Censos de Embarcaciones Marisqueras con Rastro y de Embarcaciones Autorizadas al uso de la Draga Hidráulica, en lo que se refiere a las convocatorias y baremos, altas y bajas, variaciones de los datos, permutas, actividad de las embarcaciones e incompatibilidades.

La Disposición Transitoria Primera, relativa a la publicidad de los censos y comunicación de variaciones, establece un plazo de tres meses durante el cual los interesados debían comunicar la titularidad de la propiedad de la embarcación mediante copia simple del Registro Mercantil de Buques, así como su domicilio a efectos de notificaciones, y autoriza a la Dirección General de Pesca y Acuicultura para que proceda a la publicación de los censos actualizados.

Una vez transcurrido el referido plazo, y habiendo entrado en servicio las embarcaciones que completan el límite máximo de

80 que pueden contar con la autorización para el uso de la Draga Hidráulica, conforme al procedimiento de alta establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la citada Orden, procede por tanto la referida publicación de los Censos actualizados.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que me confiere la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 10 de julio de 2001, por la que se establecen normas sobre los Censos de Embarcaciones Marisqueras con Rastro y de Embarcaciones autorizadas al uso de la Draga Hidráulica,

R E S U E L V O

Unico. Se hace público el Censo de Embarcaciones Marisqueras con Rastro de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Censo de Embarcaciones Autorizadas al uso de la Draga Hidráulica, los cuales figuran, respectivamente, en el Anexo I y II de la presente Resolución.

La presente Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de febrero de 2002.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.

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