Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 04/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 4 de septiembre de 2001, de la Viceconsejería, por la que se declaran como minerales las aguas procedentes de la captación denominada Sondeo 116/Marmolejo, sito en el paraje Arroyo del Agua, término municipal de Marmolejo (Jaén). (PP. 2623/2001).

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Visto el expediente elevado por la Delegación Provincial de Jaén de esta Consejería, que tiene como objeto la prosecución de trámites para la declaración como mineral de las aguas procedentes de la captación denominada «Sondeo 116/Marmolejo¯, sito en el paraje «Arroyo del Agua¯, término municipal de Marmolejo (Jaén), expediente incoado por doña María Dolores Corvinos Aguarón, en nombre y representación de Balneario de Marmolejo, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Delegación Provincial de Jaén eleva el expediente para que se proceda a la declaración como mineral de esta agua, con informe favorable a la misma.

Segundo. El entorno en que se sitúa dicho manantial reúne las características hidrogeológicas necesarias para su explotación, de acuerdo con los datos existentes en el Servicio de Minas de esta Consejería.

Tercero. En cumplimiento de lo estipulado en el art. 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (R.D.

2857/1978, de 25 de agosto), el Instituto Tecnológico y Geominero de España ha realizado el correspondiente análisis de las aguas, que figura en el expediente, y no encuentra inconveniente para que sean declaradas como minerales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Unico. Dado que en el expediente mencionado queda debidamente acreditado que se han cumplido todos los trámites exigidos, así como que se cumplen todos los requisitos necesarios para que unas aguas puedan ser declaradas como minerales, de acuerdo con el art. 39 del Reglamento General mencionado.

Vistas la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, el Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, y demás legislación de general y pertinente aplicación, esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, a propuesta de la Delegación Provincial y con el conforme de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Declarar como minerales las aguas procedentes de la captación denominada «Sondeo 116/Marmolejo¯, sito en el paraje «Arroyo del Agua¯, término municipal de Marmolejo (Jaén), pudiendo solicitarse la autorización de explotación de las mismas dentro del plazo de un año, a partir del momento en que la autorización le sea comunicada al interesado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes o recurso contencioso- administrativo, a elección del recurrente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, o ante la de la circunscripción donde aquél tenga su domicilio, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley

29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de septiembre de 2001.- El Viceconsejero, Antonio Fernández García.

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