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Vista la devolución efectuada por la Oficina de Correos del requerimiento de pago del expediente sancionador, que abajo se detalla incoado, por presunta infracción a la normativa general sobre defensa de los consumidores y usuarios y, en cumplimiento de lo establecido en los arts. 58 y 59.4 en relación con el art.
61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, esta Delegación del Gobierno ha acordado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, significando que, en el plazo de QUINCE días contado desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, puede personarse en esta Delegación del Gobierno de Almería, sita en Paseo de Almería núm. 68, para proceder al pago de la sanción impuesta en el mismo.
Expediente: 158/98.
Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Francisco Urrutia López (NIF: 27270396-D). C/ Concha, 15 - 04450 Canjáyar (Almería).
Infracción: Art. 3 del Decreto 198/1987, de 26 de agosto, por el que se establecen determinadas medidas en Defensa de los Consumidores y Usuarios en relación con el art. 34.6 de la Ley
26/1984, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de 19 de julio y 3.3.6 del R.D. 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. Sanción: Trescientos euros con cincuenta y un céntimos (300,51).
Almería, 21 de marzo de 2002.- El Delegado, Juan Callejón Baena.
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