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El 25 de marzo último ha tenido entrada en la Consejería de la Presidencia ejecutoria recaída en el recurso contencioso- administrativo número 266/96, Sección 1.ª, de la Sala de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, deducido por el Partido Político Centro Progresista, cuyo fallo es como sigue:
«Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Partido Político Centro Progresista contra el Decreto del Presidente 1/1996, de 8 de enero, por el que se disuelve el Parlamento de Andalucía y se convocan elecciones al Parlamento de Andalucía para el domingo 3 de marzo de 1996, sin hacer expresa imposición de costas.
Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.¯
Conforme a los artículos 104 y 105.1 de la Ley Jurisdiccional se ordena la ejecución en sus propios términos del fallo contenido en la citada ejecutoria.
Sevilla, 26 de marzo de 2002.- El Secretario General Técnico, José M. Oliver Pozo.
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