Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 23/04/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ZAFARRAYA

ANUNCIO de bases.

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Don Salvador Zamora Pardo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zafarraya (Granada).

Hago saber: Que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de diciembre de 2001, se aprueban la convocatoria y las correspondientes bases para la provisión de la plaza de personal funcionario que a continuación se indica:

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE LIMPIEZA Y CEMENTERIO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ZAFARRAYA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION LIBRE

Primera. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Encargado de Limpieza y Cementerio vacante en la plantilla de Personal Funcionario de este Ayuntamiento, Escala de Administración Especial Subescala de Servicios Especiales-Personal de Oficios, dotada con las retribuciones básicas que en cada momento señale la legislación vigente para el Grupo E y con las retribuciones complementarias que le correspondan con arreglo a la plantilla de este Ayuntamiento.

Segunda. Sistema selectivo. El sistema selectivo elegido para la provisión de la plaza es el concurso-oposición libre.

Tercera. Condiciones de los aspirantes. Para ser admitido a este concurso-oposición, se habrán de reunir, referido a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española, o la de algún estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/1993, 23 de diciembre, y R.D. 800/1995.

b) Tener cumplida la edad de dieciocho años, y no exceder de aquélla en que falte menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título del Graduado Escolar o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma o Local o Institucional.

Cuarta. Instancias y documentos a presentar. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, en el Registro General de este Ayuntamiento y durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, manifestando que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base Tercera de la convocatoria.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Si alguna de las solicitudes adoleciese de algún defecto de algún defecto se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámites, con los efectos previsto en al artículo 42.1 de la Ley 30/1992 citada.

Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud, debidamente compulsadas o acreditada del DNI titulación exigida, resguardo de haber hecho el abono de los derechos de examen, así como los documentos originales o debidamente compulsados acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta en la fase del concurso.

Los méritos o servicios a tener en cuenta en la fase del concurso estarán referidos a la fecha que expire el plazo para la presentación de instancias, y se referirán a los cinco años inmediatamente anteriores a dicha fecha.

Quinta. Derechos de examen. Los/as aspirantes deberán haber abonado los derechos de examen que se fijan en 3.500 pesetas (ó

21,04 euros), los cuales se podrán ingresar en cualquiera de las oficinas bancarias de esta localidad de Zafarraya en la cuenta corriente a favor del Ayuntamiento. El justificante de haber realizado el ingreso deberá acompañarse a la solicitud.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as. Terminado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as en su caso. En dicha resolución, que será

publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de esta Corporación, se indica el plazo de

subsanación, en los términos del artículo 71 de la ley 30/1992, que se concederá a los aspirantes excluidos.

Séptima. Procedimiento de selección de entre los/as aspirantes. La selección constará de las siguientes fases:

a) Fase del concurso: Será previa a la oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

1.º Valoración de méritos, según baremo. Todos los méritos referentes a esta fase se justificarán con la aportación de los correspondientes certificados, títulos o diplomas, en

fotocopias compulsadas, mediante presentación de originales.

2.º Entrevista.

1. Valoración de méritos:

Méritos profesionales.

- Por cada mes completo de servicios prestados de igual contenido, acreditados mediante la correspondiente

certificación expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados de similar contenido, acreditados mediante la correspondiente

certificación expedida por el organismo competente: 0,08 puntos.

Se entenderá por servicios de igual contenido, los prestados en plaza o puesto de un Ayuntamiento con el mismo contenido funcional a que se opta; se entenderá por servicios de similar contenido funcional los prestados en cualquier administración pública, en plaza o puesto con similar contenido funcional al de la plaza a la que se opta.

La puntuación máxima en este apartado será de 1,5 puntos.

Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se aspira y sean impartidos por centros de carácter oficial e instituciones de carácter público o privado como hasta un máximo de 2 puntos:

- De más de 20 horas a 40 horas o de 4 a 8 días: 0,35 puntos.

- De 41 horas en adelante o más de 12 días: 0,50 puntos.

Por estar en posesión de titulación superior a la requerida para concurrir al proceso selectivo regulado por la presente convocatoria: 1 punto.

2. Entrevista personal. El tribunal entrevistará a los

aspirantes, dialogando con los mismos sobre las tareas propias de este puesto de trabajo así como sobre el currículum

presentado. La puntuación máxima será de 4 puntos.

b) Fase de oposición.

La oposición constará de dos ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

Desarrollo de los ejercicios.

I. Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito en un plazo máximo de sesenta minutos de un cuestionario de veinte preguntas con respuestas alternativas, propuestas por el Tribunal, en relación con el temario que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

Las respuestas correctas serán puntuadas con 0,5 puntos, las respuestas incorrectas restarán puntuación en la misma cuantía que la establecida para las correctas. Las respuestas en blanco no se contabilizarán.

II. Segundo ejercicio. Prueba práctica. Consistirá en realizar dos casos prácticos que serán propuestos por el tribunal relacionados con las funciones y tareas propias de la plaza.

La puntuación máxima de esta prueba será de una hora y treinta minutos y su puntuación será de 0 a 10 puntos , siendo preciso para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.

El resultado final de la oposición vendrá determinado por la suma de las puntaciones alcanzadas en la fase del concurso y en la oposición.

Octava. Desarrollo de los ejercicios. En la Resolución de la alcaldía en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos /as y excluidos/as se determinará en lugar, día y hora de constitución del tribunal para el baremo acción de los méritos presentados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de anuncios de la corporación.

Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá

transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

Los aspirantes deberán acudir provistos del DNI pasaporte o carnés de conducir.

Novena. Tribunal calificador. Al Tribunal calificador, que tendrá categoría segunda de las recogidas en el artículo 33.1 del Real decreto y 236/1988, de 4 de marzo, sobre

indemnizaciones por razón del servicio, estará integrado por los siguientes miembros:

- Presidente: Alcalde a concejal en quien delegue.

- Vocales:

1. El concejal de personal de la corporación.

2. Concejal consensuado con los otros grupos con representación municipal.

3. Un funcionario público designados por la Junta de Andalucía.

4. Un representante del personal del ayuntamiento.

- Secretaria: la titular de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Se designará también un suplente para cada uno de los miembros que componen el tribunal calificador.

Le corresponde al tribunal el desarrollo calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la presente

convocatoria.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin asistencia del presidente, y la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien sus suplentes, y la secretaria del tribunal.

El tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus

especialidades, actuando por tanto con voz pero sin voto.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992.

Los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización de valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo en declaración expresa de no hallarse incursos en la circunstancia anteriormente prevista, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado comunicarlo al ayuntamiento.

Las dudas a reclamaciones que puedan originarse con

interposición de la aplicación de las bases de la presente convocatoria así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal cuya decisión pondrá fin a la vía administrativa.

El concurso oposición, se llevará a efecto en la fecha que indique en la resolución del señor presidente en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de personal laboral fijo. Terminada la valoración de los méritos que entrevista el tribunal publicará el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de la animación de méritos y entrevista, que se elevará al señor alcalde presidente para que proceda a su nombramiento como funcionario. En ningún caso podrá el Tribunal declarar

aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas

convocadas.

El aspirante propuesto presentará en la secretaría del

ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se notifique su nombramiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

La no presentación dentro del plazo fijado de la documentación exigida en la Base y salvo los casos de fuerza mayor, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Décima. Incidencias. El tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/1999, 21 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real decreto 896/1991, 7 de junio; y supletoria mente en lo no previsto anteriormente en el Real Decreto 364/1995, 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso de personal servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Decimoprimera. Recursos. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas

establecidos en la Ley 30/1992, 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley

4/1999.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zafarraya.- El Alcalde, Salvador Zamora Pardo.

ANEXO I

Grupo I.

Materias comunes:

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes Fundamentales.

2. Nociones generales sobre: La Corona; las Cortes Generales; el Gobierno y la Administración y el Poder Judicial.

3. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Idea general sobre la organización y las

competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Materias específicas:

4. El Municipio; Elementos, organización y competencias.

5. Formas de acción administrativa en la esfera local. Servicio Público. Especial referencia a la concesión de licencias.

6. La relación con los ciudadanos y las autoridades. Los partes de incidencias. El deber de sigilo profesional.

7. Los documentos en la Administración Pública. Concepto de documento, registro y archivo.

8. Mantenimiento de Parques y Jardines, medios y útiles utilizados en el servicio de limpieza de calles. Medidas de seguridad en el trabajo.

9. Policía mortuoria.

10. Nociones de control y almacenamiento de materiales y herramientas.

11. Nociones de electricidad. Instalación y mantenimiento de edificios.

12. Redes de abastecimiento de aguas. Mantenimiento.

ANEXO II

MODELO DE INSTANCIA

«1. Plaza a que se aspira: Encargado de Limpieza y Cementerio.

2. Convocatoria: BOE. núm. ...... de fecha....................

3. Datos personales:

Nombre..............Apellidos:................................. DNI núm............... Fecha nacimiento......./......./........ Nacionalidad........................... domicilio a efectos de notificaciones............. Población............ CP.......... Provincia............... Teléfono de contacto..................

4. Documentación que se adjunta:

Fotocopia del DNI.

Titulación académica........................................... Justificante de ingreso de los derechos de examen, de 21,04 euros.

Documentos a efectos de los méritos a valorar en la fase del concurso....................................................... Otros documentos...............................................

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas

selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria citada.

En Zafarraya a....... de....................... de............ Firma del solicitante.

Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zafarraya

(Granada).¯

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