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Con fecha 6 de marzo de 2002 se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Primero. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Plaza de Armas de Sevilla, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:
Tarifas
Concepto máximas
Tarifa 1.
Por entrada o salida de un autobús
con viajeros, al finalizar o iniciar viaje o bien escala (entrada y salida) de autobús en tránsito, en servicios regulares ordinarios y permanentes de uso general o especial:
1.1. Con recorrido de 0 a 15 km 0,15 euros
1.2. Con recorrido de 16 a 25 km 0,19 euros
Tarifas
Concepto máximas
1.3. Con recorrido de 26 a 50 km 0,26 euros
1.4. Con recorrido de 51 a 100 km 0,34 euros
1.5. Con recorrido de 101 a 200 km 0,83 euros
1.6. Con recorrido superior a 200 km 1,66 euros
Tarifa 2.
2.1. Por uso de la Estación de Autobuses
de un autocar de servicio discrecional 15,82 euros
Tarifa 3.
Utilización por los viajeros de los servi- cios generales de la Estación con cargo a aquéllos que salen o rinden viaje en la misma en servicios regulares ordinarios y permanentes de uso general o especial:
3.1. Viajeros de recorrido comprendido
entre 0 y 15 km 0,01 euros/billete
3.2. Viajeros de recorrido semicorto:
de 16 a 25 km 0,03 euros/billete
3.3. Viajeros de recorrido corto:
de 26 a 50 km 0,05 euros/billete
3.4. Viajeros de recorrido medio:
de 51 a 100 km 0,06 euros/billete
3.5. Viajeros de largo recorrido:
de 101 a 200 km 0,13 euros/billete
3.6. Viajeros de recorrido superior a 200 km 0,26 euros/billete
Quedan excluidos de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que les sean imputables aquellos viajeros que se encuentren en tránsito, a través de servi- cios de transporte cuyo tiempo de perma-
nencia en la Estación sea inferior a 60 minutos.
La percepción de las tarifas de la Estación a los viajeros se hará por los concesionarios de las líneas de transporte simultáneamente a la venta del billete de transporte, haciéndose
constar en éste que en el importe del mismo
está incluida la tarifa correspondiente a la
Estación de Autobuses.
Tarifa 4.
Por utilización de los servicios de consigna:
4.1. Bulto < 50 kg 24 horas o fracción 0,17 euros
4.2. Bulto > 50 kg 24 horas o fracción 0,26 euros
4.3. Por cada día de demora 0,50 euros
Tarifa 5.
Facturación de equipajes por la estación
(sin incluir el precio del transporte ni
seguros de la mercancía):
5.1. Por cada 10 kg o fracción de peso en
equipajes y encargos sin incluir el precio
del transporte 0,26 euros
5.2. Mínimo de percepción 1,24 euros
Tarifas
Concepto máximas
Tarifa 6.
Por alquiler de la zona de taquillas:
6.1. Por cada taquilla/despacho
de expedición de billetes 207,06 euros/mes
Los servicios de electricidad, aire
acondicionado, agua y análogos serán
por cuenta del usuario.
Tarifa 7.
Servicio de aparcamiento de autobuses:
7.1. Aparcamiento de un autobús de servicio
regular ordinario y permanente de uso general
o especial desde las 8 a las 20 horas del mismo
día, por hora 1,66 euros
7.2. Aparcamiento de un autobús de servicio
regular ordinario y permanente de uso general
desde las 20 a las 8 horas del día siguiente,
sin fraccionamiento por razón de tiempo dentro
del indicado 6,62 euros
7.3. Aparcamiento de un autobús de servicio
discrecional, o bien servicio regular no
comprendido en el apartado anterior, desde
las 20 a las 8 horas del día siguiente, sin
fraccionamiento por razón de tiempo dentro
del indicado 16,57 euros
Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.
Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente
hallarse expuesto al público.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su
notificación.
Sevilla, 6 de marzo de 2002.- El Director General, Rafael Candau Rámila.
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