Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 27/04/2002

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Consejería de Turismo y Deporte

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre subsanación de defectos y aportación de documentación de solicitudes presentadas por Entidades Privadas y por Entidades Locales para la concesión de subvenciones en materia de Infraestructura Turística y de Turismo Rural, convocatorias 2002.

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La Resolución de 19 de diciembre de 2001, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se convoca la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística, publicada en el BOJA núm. 10, de 24 de enero de

2002, págs. 1.158 y 1.159, realiza la convocatoria para el ejercicio 2002, y dispone en el apartado primero, núm. 8, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que las notificaciones serán realizadas mediante publicación en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Provinciales de Turismo y Deporte, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Por otra parte, el art. 10 de la Orden de 22 de diciembre de

2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de Infraestructura Turística (BOJA núm. 6, de 16 de enero de 2001, págs. 758 y siguientes, corrección de errores BOJA núm. 18, de 13 de febrero), establece que los proyectos que afecten a una sola provincia se tramitarán por la Delegación Provincial respectiva, y el art. 11.2 señala en qué supuestos resolverá el Delegado Provincial por delegación del Consejero. Asimismo, el art. 8 establece la documentación y los modelos de solicitudes a presentar por duplicado, disponiendo además el apartado 3 del citado art. 8 que, en cualquier caso, la Consejería de Turismo Deporte se reserva el derecho de exigir cuanta documentación estime necesaria en cada actuación concreta. Por su parte, el art. 9 establece que si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos o no se acompañase la documentación completa o correcta, se requerirá al solicitante para que subsane lo defectos o aporte los documentos en el plazo de diez días desde la fecha de requerimiento, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

En los mismos términos se expresa la Resolución de 19 de diciembre de 2001, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se convoca la concesión de subvenciones en materia de turismo rural, publicada en el BOJA núm. 10, de

24 de enero de 2002, págs. 1.159 y 1.160, que realiza la convocatoria para el ejercicio 2002, en concordancia con la Orden de 22 de diciembre de 2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de turismo rural (BOJA núm. 6, de 16 de enero de 2001, págs. 765 y siguientes, corrección de errores BOJA núm. 18, de

13 de febrero).

En virtud de lo anterior, la Delegada Provincial de Málaga de la Consejería de Turismo y Deporte

ANUNCIA

Que en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Turismo Deporte se publicará, el primer día hábil siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOJA, el requerimiento de subsanación de defectos o aportación de documentación respecto a las solicitudes presentadas por las Entidades Privadas así como por las Entidades Locales para acogerse en esta provincia los beneficios de la Orden de 22 de diciembre de 2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística, convocatoria 2002, y de la Orden de 22 de diciembre de 2000, por la que se regula el procedimiento para la concesión d subvenciones en materia de turismo rural, convocatoria 2002.

Málaga, 27 de marzo de 2002.- La Delegada, María José Lanzat Pozo.

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