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N.I.G.: 2906742C20010010531.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 401/2001. Negociado: M1. Sobre:
De: Don Manuel Moreno Rojas.
Procurador: Sr. Antonio Castillo Lorenzo. Letrado: Sr. García Martínez, Andrés.
Contra: Málaga Airport Trading Areas, S.A., y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
Procuradora: Sra. Delgado Garrido, Isabel. Letrado: Sr. Palacios Muñoz, Emilio.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 401/2001, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia Quince de Málaga a instancia de Manuel Moreno Rojas contra Málaga Airport Trading Areas, S.A., y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., sobre se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En la ciudad de Málaga, a cinco de abril de dos mil dos.
Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 401/01, a instancia de don Manuel Moreno Rojas, representado por el Procurador don Antonio Castillo Lorenzo y defendido por el Letrado Sr. García Martínez, contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, representada por la Procuradora doña Isabel Delgado Garrido y asistida del Letrado Sr. Palacios Muñoz, y entidad Málaga Airport Trading Areas, Sociedad Anónima, en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio.
F A L L O
Estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Antonio Castillo Lorenzo, en nombre y representación de don Manuel Moreno Rojas, contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, y entidad Málaga Airport Trading Areas, Sociedad Anónima, debo dictar sentencia con los pronunciamientos siguientes:
1.º Declarar acreditado el dominio que el Sr. Moreno Rojas ejerce sobre la nave situada en edificio Centro Aeropuerto, con acceso por calle sin nombre contigua a la Avenida de García Morato, finca registral número 10.768-B, inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Málaga, al tomo 682, libro 11, folio 143.
2.º En consecuencia, ordenar inscribir el dominio de dicho inmueble a favor del Sr. Moreno Rojas en el Registro de la Propiedad, con cancelación de las inscripciones contradictorias, librando a tal fin mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad número 10 de Málaga, con los insertos necesarios, firme que sea la presente resolución.
3.º No hacer especial pronunciamiento en materia de costas.
Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Málaga Airport Trading Areas, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga, a nueve de abril de dos mil dos.- El/La Secretario.