Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 02/05/2002

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se somete a información pública el expediente para la declaración de Conjunto Histórico a favor de Castellar de la Frontera (Cádiz).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento para la declaración como Conjunto Histórico a favor de Castellar de la Frontera (Cádiz) (cuya delimitación literal y gráfica se adjuntan en Anexo aparte) y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de período de información pública del expediente, de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, 13.1 de su Reglamento de desarrollo; Real Decreto 111/1986, de 10 de enero; 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de 1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio).

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de Cultura de Cádiz, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, C/ Cánovas del Castillo, 35, planta baja, de nueve a catorce horas.

Cádiz, 1 de abril de 2002.- La Delegada, Josefa Caro Gamaza.

JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION DEL BIEN

La delimitación de un conjunto histórico se justifica en el caso de Castellar, además de por estar perfectamente definido en la zona del recinto amurallado, es decir la muralla y todo lo que abarca en su interior, por englobar en la definición todos los condicionantes que se derivan de la consideración de conjunto histórico: Históricos, artísticos, evolutivos, etnográficos, etc. En este caso es la propia muralla la que dibuja de forma conceptual y física la delimitación propuesta del conjunto histórico.

Es necesario especificar que a pesar de la homogeneidad que caracteriza al conjunto existen rehabilitaciones recientes sobre todo en viviendas privadas que no han logrado mantener el carácter original de estas edificaciones, irrumpiendo con tipologías discordantes, desligadas del carácter edificatorio del conjunto. En esta línea se incluyen las edificaciones anexas a las murallas, calificadas fuera de ordenación. Además de estas circunstancias, el conjunto presenta hacia la cara exterior de las murallas, escaleras de acceso y terrazas - algunas en estado ruinoso-, que por estar previsto su derribo quedan fuera de la delimitación. El resto de los elementos anexos a la muralla, en vistas de la recuperación de la morfología original en posibles rehabilitaciones, se han incluido en la delimitación.

La delimitación se definiría como la línea que discurre junto a la muralla, exterior a ella, pues la construcción de la primitiva fortificación, que data del siglo XIII y XIV aunque algunos elementos fueron añadidos más tarde en la época cristiana (siglos XV al XVII), ya contaba con la muralla y torres y el alcázar-palacio como arquitectura militar. A partir de aquí el pueblo de Castellar, sin posibilidades de crecimiento, se desarrolla en el interior del recinto, incorporando algunos elementos a la muralla, con la intención de comunicar las casas adosadas a ella, que son las que primero se desarrollan. La acumulación desordenada del caserío intramuros a través del tiempo se corresponde con sus orígenes tardomedievales. El desarrollo de la historia en este núcleo poblacional es un elemento decisivo que constribuye a valorarlo pues parte de la historia ha quedado inmortalizada en su imagen y conformación singular.

En las afueras de la fortificación, en las laderas de la colina, existen viviendas rurales construidas por los

jornaleros que trabajaban para el señorío pero sin interés como inmuebles en la definición de conjunto histórico. En el camino de Castellar y junto a la muralla, al pie del castillo se construye en 1603 el convento de Mercedarios de la Almoraima, junto a la Ermita de Nuestra Señora de los Reyes de 1562. Sin embargo, es de considerar que la Muralla, el Castillo y la conformación interna son muy anteriores a toda edificación, y es por eso que se considerará el reducto primitivo, como el Conjunto Histórico a delimitar, haciendo que sea el tiempo, además de la muralla, uno de los criterios seguidos a la hora de definir el Conjunto, que ya lo era en el siglo XIII.

Otros elementos que claramente delimitan el conjunto son los bordes físicos, como la propia ladera escarpada de la colina en cuya cima se sitúa Castellar. Al suponer esta ladera un área de interés paisajístico desde donde se observa la fortaleza y se contiene su entorno, conservando vestigios y restos

arqueológicos de otras civilizaciones, se hace justificado proponerla como Protección Específica. Esta zona también incluiría el lago de Guadarranque, al pie de la ladera que es un fuerte elemento de borde y cuya vista se convierte en una de las más bellas desde el castillo. El objetivo es proteger la imagen del entorno urbano y preservar los vestigios

arqueológicos de la ladera. Se trata, por tanto, de rescindir la delimitación propuesta al recinto que define la propia muralla aunque sería también objeto de delimitación la parte de la ladera próxima a la fortaleza, en pos de definir el entorno que afecta directamente al Castillo para protegerlo y evitar posteriores intervenciones, por ello se propone esta zona para Protección Específica.

A N E X O

DESCRIPCION LITERAL DE LA DELIMITACION

La delimitación se traza como una línea irregular que se hace coincidir con la línea que define el contorno construido que conforma la muralla y las construcciones adosadas a ésta, de tal forma que quedan dentro de la delimitación propuesta. Por tanto para describir la línea delimitatoria se usará como punto de partida un origen, siguiendo el recorrido de la muralla con las especificaciones necesarias cuando el trazado de la delimitación lo precise. El sentido de recorrido será,

situándose con el I norte a la izquierda según disposición de planos y avanzará en sentido de las agujas del reloj.

El origen se sitúa según las coordenadas UTM de la esquina SW de la hoja: 30STG.72.92D del plano de la Gerencia Territorial del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de Cádiz en las coordenadas rectangulares: X=279.925, Y=4022.350 que corresponden al vértice Este de la torre Albarrana de ingreso recto.

A partir de aquí la delimitación se separa como caso

excepcional del perímetro de la muralla para recoger el camino peatonal empedrado que permite acceso directo a la barbacana nordeste que mantiene su trazo originario, para luego volver a acercarse bordeando el camino por el exterior y seguir la línea que define el contorno de la muralla y las construcciones anexas, barbacanas, torres, balcones y murallas, recorriendo todo el perímetro desde el sudeste al noroeste, integrando en la delimitación las amplias barbacanas adosadas a la muralla, que dan al sur y al noroeste, a excepción de las dos terrazas a demoler que dan al oeste.

Siempre el trazado de la línea delimitatoria será por la cara exterior de los elementos señalados de forma que quedan complementamente incluidos en el recorrido, según dirección indicada, al llegar al NO, en la torre situada en este flanco a la altura del antiguo cine, que queda excluido por considerarse edificación a demoler, la línea toma dirección distinta al trazado del contorno de la muralla para recoger en la

delimitación el otro camino de acceso peatonal empedrado que se mantiene como antaño: La línea de delimitación lo rodea exteriormente hasta que deja de ser peatonal. Este camino es el que lleva a la torre albarrana principal con la única puerta de acceso a la fortaleza, trazada en recodo y una vez incluido éste, la delimitación se alinea a la barbacana nordeste cerrando el recorrido con la torre albarrana donde se situó el punto de partida.

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