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Resultando que por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 1 de septiembre de 1993 (BOJA de 14 de septiembre) se hizo pública la relación de aspirantes que habían superado el proceso selectivo convocado por Orden de 7 de abril de 1993 (BOJA de 15 de abril) en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Psicología y Pedagogía, siendo el cuarto y último seleccionado en dicha especialidad don José Luis Carrasco Calero con una puntuación de 15,5 puntos.
Resultando que con fecha 24 de septiembre de 1993 se interpone recurso contencioso-administrativo por una de las aspirantes en el proceso selectivo, la Sra. Ruiz Báñez contra la Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de fecha
26 de julio de 1993, que hizo públicos los listados definitivos de los baremos de experiencia previa y méritos académicos en el proceso selectivo de ingreso en los Cuerpos de Enseñanza Secundaria convocados por Orden de la Consejería de 7 de abril de 1993, de acuerdo con la Base 6.9 de la citada Orden, habiéndole correspondido conocer del mismo, a la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso núm.
757/93.
Resultando que por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 24 de enero de 1994, se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes relacionados en la Orden de 1 de septiembre de 1993, entre los que se encontraba el Sr. Carrasco Calero.
Resultando que por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 7 de junio de 1994, se declaran aptos en fase de prácticas a los opositores que superaron el proceso selectivo convocado por Orden de 7 de abril de 1993, entre los que se encontraba el Sr. Carrasco Calero.
Resultando que por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 26 de mayo de 1997 (BOJA de 21 de junio), se resuelve con carácter definitivo el concurso de traslados, convocado por Orden de 16 de octubre de 1996, y se le adjudica al Sr. Carrasco Calero una plaza definitiva de Profesor de Psicología y Pedagogía en el I.E.S. «Severo Ochoa¯ de la localidad de San Juan de Aznalfarache (Sevilla).
Considerando que la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictó Sentencia en el recurso núm. 757/93, con fecha 15 de octubre de 1997, en la que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo formulado por la Sra. Ruiz Báñez (como se ha manifestado en el Resultando Segundo), modificaba la propuesta del Tribunal núm.
7 de seleccionados en la especialidad de Psicología y Pedagogía, en el sentido de otorgar al aspirante Sr. Carrasco Calero una puntuación total de 9,5 puntos con todas las consecuencias que de esta modificación se derivan para el proceso seleccionador de ingreso en los Cuerpos de Enseñanza Secundaria convocados por la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 7 de abril de 1993.
Considerando que por Providencia de fecha 1 de junio de 1999 dictada en el recurso núm. 757/93, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, declara la firmeza de la Resolución dictada en el mencionado Recurso, así como que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto por parte de la Administración demandada con devolución del expediente administrativo.
Considerando que por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 28 de junio de 1999, se acuerda el cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el recurso núm. 757/93 interpuesto por la Sra. Ruiz Báñez, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Considerando que por Orden de 26 de julio de 1999 de la Consejería de Educación y Ciencia, se desarrolla la Orden de 28 de junio de 1999, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo núm.
757/93 y, en consecuencia, revisada la propuesta de aprobados que el Tribunal núm. 7 de la especialidad de Psicología y Pedagogía elevó en su día, resulta que don José Luis Carrasco Calero, con la puntuación de 9,5000 puntos, queda excluido de dicha propuesta y de todas las Ordenes de la Consejería publicadas posteriormente, anulando todas la actuaciones efectuadas, proponiendo al Ministerio de Educación y Cultura la anulación del nombramiento de don José Luis Carrasco Calero como funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Psicología y Pedagogía, llevado a cabo mediante Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 22 de noviembre de 1994 (BOE de 6 de diciembre de
1994), con efectos de 1 de octubre de 1994; e incluir en su lugar a don Heraclio Fernando González Haya, con DNI 13.674.290 y NRP 1367429002A0590, en la Orden de la Consejería de
Educación y Ciencia de 1 de septiembre de 1993 (BOJA de 14 de septiembre), por la que se hace pública la relación de
aspirantes seleccionados en el proceso selectivo convocado por Orden de 7 de abril de 1993, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Psicología y Pedagogía, con una puntuación total de 14,3410 puntos, ocupando el 17.? lugar de dicha lista, entre Garzón Peña, Luisa, DNI 11.940.936, y Márquez Campoy, Victoria, DNI 24.885.418, con todos los efectos procedentes.
Considerando que por Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de 13 de diciembre de 1999 (BOE de 24 de diciembre), se anula el nombramiento de don José Luis Carrasco Calero como funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Psicología y Pedagogía, llevado a cabo mediante Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 22 de noviembre de 1994 (BOE de 6 de diciembre) y con los efectos de 1 de octubre de 1994.
Considerando que por Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de 29 de noviembre de 2000 (BOE de 26 de enero) se nombra funcionario de Carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Psicología y Pedagogía, a don Heraclio Fernando González Haya, y con los efectos de 1 de octubre de 1994.
Considerando que por Providencia de 1 de febrero de 2001, dictada en el recurso núm. 757/93, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, deja sin efecto la Providencia de 1 de junio de 1999 (aunque por error se decía de
31.5.99), por la que se declaraba la firmeza de la Sentencia recaída en el indicado recurso con fecha 15 de octubre de 1997.
Considerando que el Sr. Carrasco Calero ha presentado ante la Consejería de Educación y Ciencia escritos de fecha 28 de noviembre de 2001 y de 12 de febrero de 2002, en los que manifiesta que teniendo en cuenta la Providencia dictada en el reiterado recurso núm. 757/93 de fecha 1 de febrero de 2001, la Sentencia recaída de 15 de octubre de 1997 no es firme, por lo que no procedía su ejecución, e interesaba, ante el manifiesto error padecido por la Sección Tercera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (de declarar la firmeza de la Sentencia), la inmediata
rectificación de la anulación de su nombramiento como
funcionario de carrera y proceder de nuevo a nombrarle en tal condición con todos sus efectos inherentes.
Esta Consejería de Educación y Ciencia, en uso de las
facultades que tiene atribuidas, dispone:
Primero. Anular la Orden de 26 de julio de 1999, por la que se desarrolla la de 28 de junio de 1999, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso 757/93, Sección Tercera, interpuesto por doña Diega Ruiz Báñez, así como anular todos los efectos derivados de la citada Orden.
Segundo. Proponer al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
a) La anulación de la Orden de 13 de diciembre de 1999 (BOJA de 24 de diciembre), por la que se anulaba el nombramiento de don José Luis Carrasco Calero como funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y, en
consecuencia, restituir su derecho reconocido en la Orden de 22 de noviembre de 1994 (BOE de 6 de diciembre), con efectos de 1 de octubre de 1994.
b) La anulación de la Orden de 29 de noviembre de 2000 (BOJA de
26 de enero), por la que, a propuesta de esta Consejería de Educación y Ciencia, se nombra funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Psicología y Pedagogía, a don Heraclio Fernando González Haya, con efectos de 1 de octubre de 1994.
Tercero. Autorizar a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para realizar las actuaciones necesarias para el desarrollo de la presente Orden.
Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, conforme a lo establecido en los arts. 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo Organo que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Sevilla, 4 de abril de 2002
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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