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Por el Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar, ubicado en el SG-VS-2 de la zona denominada «Huerta del Soto¯ de dicho municipio, con destino a edificio judicial.
Por la Consejería de Justicia y Administración Pública se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar las instalaciones judiciales y adecuarlas a las necesidades de la población afectada.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 9 de abril de 2002,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba) de un solar, con 2.150 m¯ de superficie, que será segregado de las siguientes fincas que, a favor del citado Ayuntamiento, obran inscritas en el Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera:
- Finca núm. 21.402: Solar sito en la calle Las Huertas, de Puente Genil, con cabida de 5.706 m¯. Inscrita al folio 48, del tomo 990, libro 446.
- Finca núm. 27.474: Sita en la zona denominada Huerta del Soto, de Puente Genil, con superficie de 10.300 m¯. Inscrita al folio 174, del tomo 1.117, libro 512.
El solar donado linda: Norte, vial C; Sur, vial E y medianerías de edificaciones existentes; Este, vial sin denominación; y, Oeste, vial A, todos ellos del Plan Especial del Río Genil.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley
4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del solar donado, que se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública con destino a edificio judicial.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 9 de abril de 2002
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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