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Acuerdo de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería de Asuntos Sociales, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a don José Espinosa Rodríguez, al estar en ignorado paradero en los expedientes incoados.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Atención al Niño, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 12 de abril de 2002, acordando dejar sin efecto Resolución de fecha 10.2.00, por la que se asumió la guarda de los menores M.E.P. e I.E.P., se constituyó el acogimiento residencial de los mismos. Y reintegrar a los menores a la compañía de su madre. Se le significa que contra la misma podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites prevenidos en los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de Reclamación Previa ante el Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo que establece el art.
120 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en relación con el art. 49.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Cádiz, 15 de abril de 2002.- La Delegada, Prudencia Rebollo Arroyo.
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