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NIG: 1404341C2002000240.
Procedimiento: Juicio de Cognición 199/2000. Negociado: A. Sobre: Reclamación de cantidad (164.420 ptas.). De: GMAC España, S.A. de Financiación.
Procurador: Sr. López Rodríguez, Leonardo. Letrada: Sra. Artacho Tejederas, Rosario. Contra: Doña Dolores Cortés Heredia.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo comienzo y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
A U T O
Don Ildefonso Manuel Gómez Padilla.
En Montoro, a veinticinco de abril de dos mil dos.
El anterior escrito únase a los autos de su razón,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por el Procurador don López Rodríguez, Leonardo, actuando en nombre y representación de GMAC España, S.A. de Financiación, se formuló demanda contra Dolores Cortés Heredia.
Segundo. Por Auto de fecha 4 de julio de 2001 se despachó ejecución contra el demandado expresado, por las siguientes cantidades: 164.420 pesetas, notificándose esta resolución al/los ejecutado/s, procediéndose al embargo de los siguientes bienes de su propiedad: Vehículo Hyundai Sonata 2.0, matrícula CO-8236-AD, cuyos bienes fueron tasados a efectos de subasta en
250.000 pesetas (1.502,53 euros).
Tercero. Con fecha 12 de abril de 2002 se celebró la subasta de los bienes expresados, que tuvo lugar sin efecto por falta de licitadores.
Cuarto. Por el ejecutante, dentro del plazo establecido en el artículo 651 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha solicitado la adjudicación de los bienes subastados, por la cantidad de 450,76 euros.
PARTE DISPOSITIVA
Se adjudican al ejecutante GMAC España, S.A. de Financiación, por la cantidad de 450,76 euros los bienes reseñados en el segundo antecedente de hecho de esta resolución.
Procédase por el/la Sr./Sra. Secretario/a de este Juzgado la liquidación de lo que se deba por principal e intereses.
Consignada la totalidad del precio, en su caso, facilítese al adjudicatario un testimonio de la presente resolución con la expresión de que se ha llevado a cabo la consignación de la diferencia entre el precio de la adjudicación y el de la cantidades adeudadas o, en su caso, que resultaron éstas superiores, para que le sirva de título y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y, verificado, póngase al mismo en posesión de los bienes.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del
recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).
Lo acuerda y firma el/la Juez, doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Dolores Cortés Heredia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Montoro, a veinticinco de abril de dos mil dos.- El/La
Secretario.
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