Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 18/5/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 24 de abril de 2002, por la que se hace pública una subvención a favor del promotor público Ayuntamiento de Ogíjares para la construcción de 30 viviendas protegidas de nueva construcción destinadas a arrendamiento en C/ Boca la Pescá, término municipal de Ogíjares (Granada), acogidas al régimen autonómico de promoción pública en alquiler del Decreto 166/1999, de 27 de julio, en virtud de la Disposición Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000.

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Ilmos. Sres.:

Por don Miguel Angel Muñoz García, en representación del Ayuntamiento de Ogíjares, se solicita, al amparo de la Disposición Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de

27 de enero de 2000, la subvención complementaria correspondiente a las actuaciones de Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento financiadas a través del R.D. 1186/1198, de 12 de junio, y que se acogen al Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler establecido en la Sección Primera, Capítulo II, Título I del Decreto

166/1999, de 27 de julio, en virtud del contenido de las mencionadas Disposiciones, todo ello relativo a la promoción de

30 viviendas, en C/ Boca la Pescá, término municipal de Ogíjares (Granada).

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado la obtención de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el préstamo cualificado correspondiente, en el marco del R.D. 1186/1998, de 12 de junio, y demás requisitos exigidos en el artículo 69 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo 41 de la Orden de 27 de enero de 2000.

De conformidad con la Disposición Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000, y en relación a las ayudas obtenidas en el marco del R.D. 1186/1998, de 12 de junio, y las contenidas en el artículo 67 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía podrá subvencionar a fondo perdido la mencionada actuación protegida en los términos que establecen las citadas Disposiciones.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede al Ayuntamiento de Ogíjares una subvención a fondo perdido aplazada en veinticinco anualidades sucesivas coincidentes con las de amortización del préstamo, calculadas en los términos que se establecen en la Estipulación Quinta del Convenio de Ejecución suscrito al efecto. Dicha subvención tendrá como destino subsidiar las cuotas hipotecarias del préstamo cualificado con el que se financia la promoción de 30 Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento, en C/ Boca la Pescá, término municipal de Ogíjares (Granada), y que asciende a un total de un millón ciento cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y dos euros y veintiún céntimos (1.148.882,21 euros).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará por anualidades según el cuadro de anualidades que se adjunta, siendo necesario para el pago de la primera anualidad aportar certificado de la entidad prestamista acreditando la fecha de terminación del período de carencia e inicio del período de amortización, así como el tipo de interés aplicable. Para poder tramitar la segunda y posteriores cantidades, deberá acreditarse, mediante certificación expedida por la entidad prestamista, que los importes percibidos con anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la amortización del crédito.

Tercero. La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía se reserva el derecho de modificar de oficio el importe de las anualidades detalladas en el cuadro anexo, en orden a ajustarlas a los cambios en los tipos de interés del aplazamiento, fechas reales de inicio y terminación de las obras, y otras incidencias que se puedan producir durante el desarrollo del expediente.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 24 de abril de 2002

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

CUADRO ANUALIDADES SUBVENCION REA

Expediente: GR-00/05-REA.

Promoción: 30 viviendas en Ogíjares (Granada).

Promotor: Ayuntamiento de Ogíjares.

El importe de las anualidades de la subvención complementaria se ha calculado con un tipo de interés anual del 5,37% TAE.

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