Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio de los interesados, se publica por anuncio el texto común de las resoluciones de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, extinguiendo los Permisos de Funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego a las Empresas Titulares de Salones que se relacionan en el anexo:
«Examinado los expedientes de Empresas Titulares de Salones, que se relacionan en el Anexo, se procede a considerar los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Unico: Que por el Servicio de Inspección de esta Dirección General, se ha comprobado que en los Salones Recreativos y de Juego se desarrolla una actividad distinta para la que fueron autorizados.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Unico: Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 25.1.e), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por la comprobación de inexactitudes esenciales en alguno de los datos expresados en la solicitud de autorización.
Vistos: Vista la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto declarar la extinción de los permisos de funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego¯.
Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente resolución, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999.
A N E X O
Salón: Salón Recreativo.
Empresa: Ramos Archilla, David.
Expte.: 27/88.
Domicilio: C/ Marqués de los Vélez, 4 de Aguadulce (Almería).
Salón: Salón Recreativo.
Empresa: Salón Recreativo El Paraíso, SL. Expte.: 112/96.
Domicilio: C/ San José, 33 de Huelva.
Sevilla, 10 de mayo de 2002.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.
Descargar PDF