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El art. 10 del Decreto 204/95, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé que los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registros Auxiliares necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos; debiendo comunicar todos los asientos que efectúen al Registro General de Documentos del cual dependan.
En dicho sentido, consta petición razonada del Hospital Torrecárdenas de Almería, justificando la necesidad de contar con un Registro Auxiliar en el Servicio de Gestión Económica.
Por todo ello, la Secretaría General del Servicio Andaluz de Salud propone la creación del Registro Auxiliar núm. 1, en el Servicio de Gestión Económica del Hospital Torrecárdenas, sito en C/ Paraje Torrecárdenas, s/n, C.P. 04009 (Almería), siendo el horario de atención al público de 9,00 a 14,00 h de lunes a viernes, en días laborables.
A vista de cuanto antecede, y en el uso de las competencias otorgadas en el artículo 11.b) del Decreto 245/2000, de 31 de mayo,
RESUELVO
Primero. Autorizar la creación del Registro Auxiliar anteriormente mencionado.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de mayo de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
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