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Examinadas las solicitudes presentadas por el referido personal durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2002, ambos inclusive, relativas a la mencionada ayuda, tienen lugar los siguientes
HECHOS
Primero. Se ha comprobado que las ayudas, que mediante esta Resolución se publican, reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.
Segundo. Asimismo, aquellas otras que, presentadas durante el mismo período, adolecieran de algún defecto, serán igualmente publicadas mediante Resolución de esta misma fecha, concediéndose plazo de reclamación para la subsanación de tales errores o defectos.
A tales Hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. La Disposición adicional primera de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, y por la que se establece la competencia de la Dirección General para conocer y resolver en este asunto.
II. La Disposición adicional segunda de la citada Orden, por la que se delegan todas las actuaciones de procedimiento de gestión y resolución de la Ayuda Médica, Protésica y Odontológica en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública, respecto del personal destinado en su ámbito provincial.
III. Artículos 13 y siguientes del referido Reglamento, que regula la Ayuda «Médica, Protésica y Odontológica¯, así como el artículo 3.2, mediante el que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio de esta modalidad de ayuda.
Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Publicar los listados definitivos del personal funcionario y no laboral y del personal laboral admitidos para la concesión de ayudas solicitadas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2002, ambos inclusive, con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2002, en la modalidad de Médica, Protésica y Odontológica, que a tales efectos quedarán expuestos en la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.
Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
a) El personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
b) El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos
120 y siguientes de la citada Ley 30/1992 y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Granada, 10 de mayo de 2002.- El Delegado, José Luis
Hernández Pérez.
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