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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Rufino Carrillo Rueda en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados.
Con fecha 9 de mayo de 2002, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en los expedientes de desamparo núms.
25-26-27/02 de protección de menores, dictó Resolución acordando:
1. Declarar la situación provisional de desamparo de los menores E.C.G., nacida en Logroño el día 21 de agosto de 1987, A.M.C.G., nacida en Jaén el día 25 de septiembre de 1989, y R.C.G., nacido en Motril (Granada), el día 16 de mayo de 1991, y en base a tal declaración, asumir en su condición de Entidad Pública de protección de menores la tutela de dichos menores.
2. Constituir el acogimiento residencial de los menores antes mencionados en la Directora de la Residencia «San Juan de la Cruz¯ de La Carolina (Jaén), todo ello bajo la superior vigilancia de esta Entidad Pública.
3. Establecer mediante convenio un régimen de relaciones personales entre los menores y sus padres.
Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don Rufino Carrillo Rueda, en paradero desconocido, y con último domicilio conocido en Jaén, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, situada en Paseo de la Estación, núm.-3.ª planta.
Jaén, 9 de mayo de 2002.- La Delegada, Simona Villar García.
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