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Elaborado el texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, en el que se regula la inscripción en el mismo, con carácter constitutivo, de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus actividades en Andalucía, configurándose, por otro lado, como un Registro de publicidad, elemento trascendental de las mismas en sus relaciones con terceros, afectando, por tanto, a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dando cumplimiento a lo establecido en el artículo
24.1 c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
R E S U E L V O
Primero. Someter a información pública el texto del proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, acordando la apertura del trámite de audiencia previsto en el artículo 24.1 c), de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, por el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar dicho proyecto y formular las alegaciones que estime pertinentes.
Segundo. El texto de la disposición se hallará a disposición de los interesados en la sede de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, C/ Jesús del Gran Poder, núm. 30 de Sevilla, así como en las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública, de 9,00 a
14,00 h.
Sevilla, 5 de junio de 2002.- El Director General, Julio Coca Blanes.