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BASES DE SELECCION PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE OFICIAL ALBAÑIL Y COLABORADOR DE OFICIOS MULTIPLES VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO DE ESTE AYUNTAMIENTO
NORMAS GENERALES
1.1. Objeto de la convocatoria. Por la presente se aprueban las bases que ha de regir la provisión de una plaza de Oficial de Albañil y Colaborador de Oficios Múltiples, mediante el procedimiento de oposición libre, de conformidad con la Oferta de Empleo Público del año 2002, aprobada por Resolución de 28 de enero y publicada en el BOE núm. 57, de 7 de marzo del mismo año.
1.2. Legislación aplicable.
Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajos y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
REQUISITOS
Para ser admitido a la realización de las estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o nacional de cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplido 18 años y no exceder de la edad en que falten menos de 15 años para la jubilación forzosa por edad. Estos plazos están referidos a la fecha en que termine el período de presentación de solicitudes.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del trabajo a realizar.
d) No haber sido separado o suspendido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme.
e) No estar incurso en causa de incompatibilidad específica prevista en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
f) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
INSTANCIAS Y ADMISION
Las instancias (Anexo II) para tomar parte en las pruebas se dirigirán al Sr. Alcalde y deberán contener la declaración de que el interesado reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior. Deberán ir acompañada de fotocopia del DNI.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
Su presentación podrá hacerse en la Secretaría General del Ayuntamiento, en las formas establecidas en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
RELACION DE ASPIRTANTES, ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
Expirado el plazo de presentación de instancias se dictará Resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, señalándose en su caso la causa de exclusión en dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, señalándose un plazo de 10 días para la subsanación de defectos que hayan motivado la exclusión. En dicha Resolución aparecerá el día, la hora y lugar de celebración de los exámenes.
TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador de los ejercicios de acuerdo con lo establecido en el R.D. 896/1991, de 7 de junio, estará
constituido de la siguiente forma:
Presidente, el de la Corporación o Concejal en quien delegue. Vocales que deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida en la plaza convocada:
- Un representante de la Junta de Andalucía, titular y
suplente.
- Un representante sindical, titular y suplente.
- Concejal delegado de obras, titular y suplente.
- Técnico de la Mancomunidad de Municipios Beturia, titular y suplente.
Secretario, el de la Corporación o funcionario en quien delegue y suplente.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus componentes.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.
Los miembros del Tribunal deberá abstenerse de intervenir, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Asimismo los aspirantes podrán recusar en cualquier momento, a los miembros de los Tribunales, cuando concurran causas legales.
Los Tribunales quedarán autorizados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la
tramitación y buen orden de la convocatoria.
El Tribunal no podrá proponer que han superado el proceso selectivo un número de aspirante superior de las vacantes convocadas, siendo nulas las propuestas que contravengan este límite.
Los miembros del Tribunal serán retribuido en concepto de asistencia a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el R.E.
236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
PROCEDIMIENTO SELECTIVO
La selección se efectuará por procedimiento de oposición libre.
El día, la hora y el lugar de los ejercicios se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, perdiendo todos sus derechos aquel que no se presente el día y hora señalado previamente.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su personalidad.
Fase de oposición.
Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito las preguntas propuestas por el Tribunal de acuerdo con el temario relacionado en el Anexo I.
El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos siendo eliminado los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Segundo ejercicio. Consistirá en realizar una prueba práctica relacionado con el puesto a ocupar.
El ejercicio práctico será calificado de 0 a 10 puntos.
Tercer ejercicio. Entrevista personal sobre el puesto a cubrir. Será puntuada de 0 a 10 puntos.
Calificación final. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de los tres ejercicios.
Publicidad. El Tribunal publicará y elevará a la autoridad competente la propuesta de nombramiento.
Presentación de documentos y nombramiento. El aspirante propuesto deberá presentar ante el Ayuntamiento en el plazo de
20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades previstos en la legislación vigente.
Cumplido los trámites anteriores la Alcaldía dictará resolución de nombramiento, debiendo tomar posesión el aspirante en el plazo de 30 días naturales a contar del siguiente al que se ha notificado.
NORMA FINAL
En lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable prevista en la base 2.ª Contra las presentes bases, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOP recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso
potestativo de reposición ante la Alcaldía, o cualquier otro recurso que estime oportuno.
ANEXO I
T E M A R I O
1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.
2. La Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
3. El municipio. Elementos organización y competencias.
4. La provincia. Organización y competencias.
5. La Organización municipal: Composición, formación y
competencias de los distintos órganos.
6. El funcionario municipal: Clases, nombramiento y cese.
7. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Régimen disciplinario.
8. Replanteo y acerados: Edificación y Urbanización.
9. Hormigones y Morteros. Dosificaciones. Normas Básicas de la Edificación. Puesta en obra.
10. Albañilería: Cerramientos, Tabiquería, Revestimientos. Puesta en obra.
11. Saneamiento. Tipos. Puesta en obra.
12. Estructuras y encofrados: Tipos. Ejecución. Normas Básicas de la Edificación.
13. Solados y Alicatados: Materiales Tipos. Puesta en obra. Normas Básicas.
14. Organización de obras.
15. Seguridad e Higiene en el trabajo. Reglamento.
16. Los planos, lectura de un plano. Diferentes elementos. Escalas, simbología, representaciones gráficas y su
interpretación.
17. Materiales aislantes. Tipos de aislamiento térmico, aislamiento acústico. Materiales Ignifugos: Soluciones
existentes.
18. Patología de la construcción, grietas y fisuras.
Diagnósticos y control. Problemas estructurales de la
construcción.19. Efectos de la humedad en la construcción. Posibles consecuencias. Remedios y prevención.
20. Derribos pequeños y grandes derribos. Técnicas y medidas de seguridad en cada uno.
ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS
Plaza a la que aspira: ........................................ Convocatoria: ................................................. Fecha BOP:................. Fecha BOJA: ...................... Datos personales: ............................................. Primer apellido: .............................................. Segundo apellido: ............................................. Nombre: ....................................................... Fecha de nacimiento:......... Lugar de nacimiento: ........... DNI núm. ...................................................... Domicilio: .................................................... Teléfono:................... Municipio:....................... Provincia: ............................ C.P.: ................. Formación: ....................................................
Documentación que adjunta:
Fotocopia del DNI.
Relación de documentos acreditativos de los méritos.
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas
selectivas que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.
Villanueva de los Castillejos, 2 de mayo de 2002.- El
Alcalde-Presidente, Fernando Gómez Martín.
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