Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 13/07/2002

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 18 de junio de 2002, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para la cobertura de plazas vacantes en los Conservatorios Superiores de Música, para el curso 2002/2003.

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La provisión de los puestos de Catedráticos en los Conservatorios Superiores de Música no ha sido incluida en el régimen general previsto para el resto del sistema educativo que se recoge en la Resolución de esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de fecha 9 de abril de 2002, por la que se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2002/2003, por cuanto dicha provisión está sometida a condicionantes de titulación y capacitación específicas.

Por todo ello parece oportuno efectuar convocatoria especial para la cobertura provisional de las citadas Cátedras de forma que la Administración Educativa pueda contar con una relación de personal suficiente para atender las necesidades educativas de los Conservatorios Superiores de Música.

En su virtud, de acuerdo con las competencias que me confiere el Decreto 246/2000, de 31 de mayo,

HE RESUELTO

Realizar convocatoria para la cobertura de las vacantes correspondientes a las especialidades que se relacionan en el Anexo I que, en función de la planificación escolar, se produzcan para el curso 2002/2003, en los Conservatorios Superiores de Música dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera. Participantes.

1. Funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas que tengan destino definitivo en un puesto docente dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

2. También podrán participar, para la cobertura de las vacantes y para las sustituciones de larga duración, los profesores interinos integrantes de las bolsas de trabajo de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, con un año de tiempo de servicios reconocido por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía a 2 de febrero de 2000.

Segunda. Requisitos de titulación.

Todos los aspirantes deberán estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Profesor Superior de Música o titulación equivalente. La solicitud irá acompañada de la documentación acreditativa de cumplir dicho requisito.

Tercera. Plazo y lugares de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes así como de la documentación necesaria para acreditar los méritos de la fase de concurso, de acuerdo con el baremo que se incorpora a esta resolución como Anexo II, será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las instancias, según modelo Anexo IV, se presentarán en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia o en los lugares y forma indicados en el artículo 38 de la Ley 30/92 de RJAP y PAC. Asimismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto 204/95, de

25 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano.

Los participantes solamente podrán solicitar para la cobertura de vacantes de una única especialidad.

Cuarta. Admisión de participantes.

Con anterioridad a la fecha de 1 de septiembre de 2002, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos dictará Resolución por la que declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la relación de participantes que han de realizar la prueba específica de aptitud a que hace referencia la Base Quinta. Dicha Resolución se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

Los participantes dispondrán de un plazo de seis días

naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución, para poder presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Las reclamaciones presentadas se entenderán aceptadas o denegadas según el contenido de la Resolución en la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, así como la de quienes han de realizar la prueba específica de aptitud. En la citada Resolución, que se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, se distribuirá a los

participantes que han de realizar la prueba específica de aptitud a las Comisiones de Valoración que, al efecto, se hayan nombrado y se indicará fecha, hora y lugar para la realización de la misma, la citación de los participantes que deben actuar en primer lugar y cuantas cuestiones se estimen oportunas. Quienes no comparezcan, salvo en casos de fuerza mayor

debidamente justificados y apreciados por la Comisión de Valoración, serán excluidos del procedimiento selectivo.

El resto de los llamamientos deberán ser publicados por las Comisiones de Valoración en las sedes donde se esté celebrando la prueba específica de aptitud.

Quinta. Procedimiento.

El procedimiento para la cobertura de las plazas convocadas constará de la realización de una prueba específica de aptitud en la que los aspirantes demostrarán que poseen los

conocimientos adecuados al nivel de enseñanza que deberán impartir, así como su capacitación para el desempeño

provisional de la cátedra correspondiente y de una fase de concurso.

La prueba específica de aptitud tendrá las características reseñadas en el Anexo III de la presente Resolución, de acuerdo con las especialidades que se indican en el mismo. Estas pruebas tendrán carácter eliminatorio, valorándose con la calificación de «Apto¯ o «No Apto¯, resultando seleccionados aquéllos que alcancen la valoración de apto.

Quedan exentos de la realización de la prueba específica de aptitud los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas que participen por la misma especialidad de la que son titulares.

Asimismo, también quedan exentos los interinos que superaron la prueba práctica según la Resolución de 17 de julio de 2001, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para la cobertura de plazas vacantes en los Conservatorios Superiores de Música para el curso

2001/2002, siempre que cuenten con el informe favorable del correspondiente Departamento, con el visto bueno de la

Inspección Educativa.

En la fase de concurso se valorarán los méritos de los

aspirantes entre los que se tendrá en cuenta el trabajo desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados, así como los méritos académicos y artísticos. La valoración se realizará de acuerdo con el baremo del Anexo II. Los méritos declarados por los participantes y no justificados documentalmente dentro del plazo de presentación no serán valorados.

En el momento de presentación de la solicitud de participación, los méritos alegados deberán justificarse documentalmente, según determina el baremo, consignando debidamente los datos que figuran en la misma. Los participantes se responsabilizan expresamente de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.

En los documentos presentados deberá hacerse constar el nombre, apellidos y especialidad del participante. Las fotocopias justificativas de los méritos alegados estarán firmadas por los participantes, haciendo constar en ellas que son copias de los originales.

La Comisión de Baremación expondrá en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía la puntuación provisional obtenida por la valoración de los méritos de cada uno de los apartados del baremo del Anexo II.

Los interesados podrán presentar contra la misma, en el plazo de dos días naturales, a partir de su publicación, las

alegaciones que estimen oportunas, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión correspondiente. Estas serán

atendidas y resueltas por la Comisión. El trámite de

notificación de la resolución de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de la lista con la puntuación definitiva de los participantes según establece la Base Novena de esta Resolución.

En el caso de que, en función de la planificación escolar para el curso 2002/2003, no existan vacantes en algunas de las especialidades convocadas, no se llevará a cabo este

procedimiento en dicha especialidad.

Sexta. Ordenación de participantes.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo

sucesivamente a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados del baremo de méritos por el orden en que éstos aparecen.

2. Mayor puntuación obtenida en cada uno de los subapartados de cada uno de los apartados anteriores y por el orden en que igualmente aparecen.

Séptima. Comisión de Baremación.

Para la baremación de los méritos alegados, será nombrada una Comisión de Baremación que estará compuesta por:

Presidente: Un Inspector de Educación.

Vocales: Cuatro Catedráticos de los Conservatorios Superiores de Música dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, el menos antiguo de los cuales ejercerá como Secretario.

Los miembros de esta Comisión serán designados por la

Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

Podrán incorporarse a esta Comisión, en calidad de asesores, los especialistas profesionales que se consideren necesarios.

Octava. Comisiones de Valoración.

Para la calificación de la prueba específica de aptitud serán nombradas Comisiones de Valoración, que estarán compuestas por:

Presidente: Un Inspector de Educación.

Vocales: Cuatro Catedráticos de los Conservatorios Superiores de Música dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, el menos antiguo de los cuales ejercerá de Secretario.

Los miembros de estas Comisiones serán designados por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

Podrán incorporarse a estas Comisiones, en calidad de asesores, los especialistas profesionales que se consideren necesarios.

Novena. Actuaciones de la Comisión de Baremación.

Concluida la fase de baremación, la Comisión confeccionará una lista de los participantes y de quienes hayan sido valorados con la calificación de apto en la prueba específica de aptitud, ordenados de mayor a menor puntuación. En caso de producirse empate, se resolverá conforme se establece en la Base Sexta. Esta lista se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. Un ejemplar original se remitirá a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

Décima. Actuaciones de las Comisiones de Valoración.

Finalizada la prueba específica de aptitud, cada Comisión de Valoración levantará un acta con la calificación obtenida por los participantes, que se publicará en los tablones de anuncios de la sede de actuación de cada Comisión. Un ejemplar de las mismas será remitido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

Las listas de seleccionados tendrán validez para futuros años académicos, sin perjuicio de lo establecido para el personal interino en el segundo párrafo de la Base Decimotercera.

Undécima. Publicación de vacantes.

Con anterioridad a la fecha 1 de septiembre de 2002, por Resolución de esta Dirección General, que se expondrá en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, se publicarán las vacantes para el curso 2002/2003, en los Conservatorios Superiores de Música dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. Asimismo, en la citada Resolución se establecerá el plazo en el que los participantes solicitarán, por orden de preferencia, las vacantes ofertadas.

Duodécima. Adjudicación de destinos.

La adjudicación definitiva de las vacantes provisionales se realizará en función de las peticiones de los interesados y del lugar que ocupen en la lista definitiva de seleccionados.

Mediante Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se elevará a definitiva la lista con los destinos adjudicados, que se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y administrativos desde la fecha de nombramiento.

En el supuesto de que por este procedimiento no sean cubiertas todas las vacantes ofertadas, la Administración educativa arbitrará las medidas necesarias para cubrir las necesidades docentes existentes durante el curso 2002/2003.

Decimotercera. Situación administrativa.

Los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas que pasen a cubrir una de las plazas convocadas serán nombrados en régimen de comisión de servicio durante el curso académico 2002/2003, que se prorrogarán para cursos posteriores, o en el régimen previsto para el personal interino.

El profesorado interino que pase a ocupar una plaza de las convocadas por este procedimiento seguirá perteneciendo a la bolsa de la especialidad de origen del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, en la que se acumulará el tiempo prestado como consecuencia de esta convocatoria. El período de cobertura de estas plazas será, como máximo, hasta el 30 de junio de 2003, sin perjuicio de lo establecido en la Resolución de 2 de mayo de 2002, respecto de las prórrogas vacacionales, o por el período de duración de la licencia del titular.

Decimocuarta. Sustituciones.

Las sustituciones de corta duración serán cubiertas por los integrantes de las listas de interinos o de las de aspirantes a interinidades de las especialidades correspondientes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas que cumplan los requisitos de titulación establecidos en esta Resolución.

Decimoquinta. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a),

14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, ante la Consejería de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 de junio de 2002.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.

Notas:

- Los servicios prestados por el apartado 1.A.1. no se

puntuarán en el apartado 1.A.2.

- Los servicios prestados por el apartado 1.B.1. no se

puntuarán en el apartado 1.B.2.

- Por cada mérito presentado de acuerdo con los apartados 4.1 y

4.2 del baremo de méritos sólo podrá puntuarse por uno de ellos.

ANEXO III

CARACTERISTICAS DE LA PRUEBA PRACTICA

Canto y Especialidades Instrumentales:

- Interpretación de un programa de libre elección, con una duración máxima de 30 minutos.

Composición e Instrumentación:

- Realización de un trabajo escrito a partir de un arranque propuesto por la Comisión.

- Análisis estético y formal de una obra o fragmento musical propuesta por la Comisión.

Dirección de Coro y Conjunto Instrumental y Dirección de Orquesta y Conjunto Instrumental:

- Análisis de una partitura coral u orquestal propuesta por la Comisión, tanto desde el punto de vista compositivo, como del de la técnica directorial.

- Explicación del procedimiento a seguir para la interpretación de dicha obra y contestación a cuantas preguntas formule la Comisión sobre el mismo, según indica el último párrafo de este Anexo.

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