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R.S. núm. 3.028/01.
R.C.U.D. núm. 289/01.
E D I C T O
Doña Ana López-Medel Bascones, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Cuarta.
Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de casación para la Unificación de Doctrina núm./01, interpuesto por María Dolores Alvarez González y otros, contra Grupo Empresarial ENCE, S.A., y otros, ha sido dictada la siguiente resolución:
Se adjunta copia.
Y para que sirva de notificación a: Rafael Alvarez Bonilla, Jorge del Toro Martín, Manuel Doblado Barba, Inmaculada Domínguez Millán, Diego Domínguez Rodríguez, Manuel Duque Moro, Amelio Ganz Hierro, Juan Fco. Gemio Gallego, Rafael González Menayo, Ramón Lojo Márquez, Benjamín López Isla, Antonio Moncada Esteban-Infantes, Andrés Navarro Pérez, Manuela Robles Sánchez, José L. Pardo Rodríguez, Manuel Pedrosa Gil, José Pérez Gallego, José D. Pulido Rueda, José Salmerón Pinzón, José Luis Vázquez Flores, Francisco Javier Vila Orellano, Juan Barba Ballesteros, José Bustamante Moragues, Gaspar Gómez Vázquez, Rafael Nieto Castillejas y Rafael Valera García, J. Ricardo Portela González, Manuela Robles Sánchez y Tomás Seisdedos Martín, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a uno de julio de dos mil dos. El Secretario.
R.C.U.D. núm./01. R.S. núm..028/01.
Autos núm./98 M-4
CEDULA DE NOTIFICACION Y EMPLAZAMIENTO
En el recurso de casación para la Unificación de Doctrina al margen referenciado, interpuesto por la parte demandada Grupo Empresarial ENCE, S.A., y siendo parte recurrida M.ª Dolores Alvarez González y otros y Ministro Fiscal, se ha dictado la siguiente
P R O V I D E N C I A
Ilmo. Sr. Luelmo Millán.
Presidente.
Ilmo. Sr. Gilolmo López.
Ilma. Sra. Ureste García.
En Madrid a nueve de mayo de dos mil dos.
Se tiene por preparado en tiempo y forma, por la parte demandada en el procedimiento, recurso de casación para la Unificación de Doctrina, contra la Sentencia dictada en este proceso. Iníciese pieza separada con el escrito de preparación del citado recurso. Y según lo establecido en el art. 206 de la vigente Ley de Procedimiento Laboral, emplácese a las partes para que comparezcan personalmente o por medio de abogado o representante ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, a usar de su derecho, en el plazo de quince días hábiles y en el plazo de veinte días, proceda a interponer el recurso, a contar ambos plazos desde la fecha de notificación de la presente, y, verificado, remítase las actuaciones dentro de los cinco días siguientes al del emplazamiento con atento oficio a dicho Alto Tribunal.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
En su virtud para que sirva de notificación y emplazamiento a la parte a quien por medio de la presente emplazo para que, en el plazo de quince días, comparezca ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a hacer uso de su derecho en mérito del recurso de casación interpuesto, expido la presente en Madrid y con la misma fecha de la resolución dictada.
El Secretario.
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