Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 13/07/2002

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 19 de junio de 2002, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se adscribe en comisión de servicios a don Francisco Cantero López-Cózar, Secretario- Interventor del Ayuntamiento de Obejo (Córdoba), al puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Píñar (Granada).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Píñar (Granada), mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 5 de junio de 2002, por la que se solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Secretaría- Intervención de la citada Corporación de don Francisco Cantero López-Cózar, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención, así como la conformidad del Ayuntamiento de Obejo (Córdoba), manifestada mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 7 de junio de 2002, con arreglo a lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de

13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, relativa al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo

11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Conferir la adscripción en comisión de servicios de don Francisco Cantero López-Cózar, con DNI 27.263.380, actual Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Obejo (Córdoba), al puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Píñar (Granada), durante el período de tiempo de un año, corriendo a cargo de este último el pago de las remuneraciones debidas.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de junio de 2002.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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