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La Diputación Provincial de Jaén, mediante Acuerdos adoptados el 31 de enero de 1999 y el 28 de septiembre de 2001, ha solicitado la reversión de tres parcelas de la finca «Venta del Llano¯, que había cedido en su totalidad gratuitamente en
1977, al Instituto Nacional de Investigaciones Agronómicas, con la finalidad de instalar en las mismas el Parque Científico- Tecnológico del Aceite y del Olivar. Solicitud que ha sido informada favorablemente por la Consejería de Agricultura y Pesca.
La Consejería de Economía y Hacienda ha llevado a cabo la previa desafectación de dichas parcelas.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el 18 de junio de 2002,.
ACUERDA.
Primero. Acceder a la reversión a favor de la Diputación Provincial de Jaén, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, de las parcelas núms., 19 y
20 de la finca «Venta del Llano¯, que fue transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 3413/1983, de 28 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de investigación agraria.
Las citadas parcelas conforman las siguientes fincas que obran inscritas, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Registro de la Propiedad de Andújar:.
- Parcela núm. 17, sita en Mengíbar, al sitio Piedra del Yeso, con superficie de 21 hectáreas, 56 áreas y 60 centiáreas. Inscrita al folio 89 del tomo 1.816, libro 174, finca núm.
10.979.
- Parcela núm. 19, sita en Mengíbar, al sitio Ventaquebrada, con superficie de 17 hectáreas, 8 áreas y 10 centiáreas. Inscrita al folio 95 del tomo 1.816, libro 174, finca núm.
10.981.
- Parcela núm. 20, sita en Mengíbar, al sitio Ventaquebrada, con superficie de 16 hectáreas, 29 áreas y 30 centiáreas. Inscrita al folio 96 del tomo 1.816, libro 174, finca núm.
10.982.
Segundo. De la superficie objeto de reversión debe excluirse la ocupada por la vía pecuaria «Vereda de las Fuentes¯.
Tercero. La Diputación Provincial de Jaén se subroga en las obligaciones y derechos derivados del expediente de expropiación forzosa que se está tramitando con motivo del proyecto de obras de la Autovía Bailén-Motril, que afectó a
11.621 m de la parcela núm. 17 y a 81.117 m de la parcela núm., y que se relacionan en la Resolución publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, de 14 de mayo de 1993, con las modificaciones consignadas en el Acta previa suscrita el 9 de junio de 1993, según figura en las Actas de Adquisición por Mutuo Acuerdo de 3 de octubre de 1997, que figuran en el expediente.
Cuarto. De la presente reversión se otorgará la correspondiente escritura pública, en la que se hará constar formal declaración relativa a que correrán a cargo de la Diputación todos los gastos derivados de la misma.
Quinto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se realizarán cuantas actuaciones sean precisas para la efectividad del presente Acuerdo.
Sevilla, 18 de junio de 2002.
MANUEL CHAVES GONZALEZ.
Presidente de la Junta de Andalucía.
MAGDALENA ALVAREZ ARZA.
Consejera de Economía y Hacienda.
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