Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 27/7/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 11 de junio de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Becosa Fuente de Piedra, SA, para instalar una planta de generación de energía térmica y eléctrica en el término municipal de Fuente de Piedra (Málaga). (PP. 1906/2002).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 25 de octubre de 2001, la empresa Becosa Fuente de Piedra, S.A., con domicilio social en Sevilla, Pabellón de Chile-Isla de la Cartuja, solicitó, en la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Málaga, autorización administrativa para realizar una instalación de generación de energía térmica y eléctrica en el término municipal de Fuente de Piedra (Málaga).

Segundo. De acuerdo con el artículo 125 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 19, de

14.2.2002, y en el BOP de Málaga núm. 41, de 1.3.2002, sin que se produjesen alegaciones al mismo.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Málaga emitió informe sobre la incidencia de la instalación en el medio ambiente atmosférico con fecha 9 de abril de 2002, por la que resulta viable la actividad con los condicionados recogidos en dicho documento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto de Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre citado anteriormente.

Visto el Informe de Calidad del Aire de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Málaga, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Málaga.

Considerando que no existe afección del proyecto a otros organismos, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Conceder Autorización Administrativa a Becosa Fuente de Piedra, S.A. para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

- Seis motores alternativos de gas natural acoplados a alternador síncrono de 2.379 kW cada uno y tensión 6,3 kV.

- Un transformador de 17 MVA relación 66/6,3 kV para conexión a la red de la compañía distribuidora.

- Un transformador de 630 kVA y relación 6,3/0,38 kV para servicios auxiliares.

- Potencia total a instalar 16,434 MW.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento del Informe de Calidad del Aire anteriormente citado, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de

Industria, Energía y Minas.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la Sección 2.ª del Capítulo II, del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

Sevilla, 11 de junio de 2002.- El Director General, Jesús Nieto González.

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