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Advertidos errores en la publicación de las bases de convocatoria de dos plazas con la categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de este Ayuntamiento, publicadas en el BOJA núm. 31, de fecha 14.3.2002, las bases que se reseñan quedarán redactadas de la siguiente manera:
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de dos plazas de Policías Locales, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2000. Las plazas citadas, adscritas a la Escala Básica, conforme determina el artículo 18 de la Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, de 11 de diciembre de 2001, se encuadran, a efectos retributivos, en el Grupo C del artículo 25 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Quinta. Tribunal Calificador.
Estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.
Vocales:
Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, designado por esta Administración. Dos funcionarios de carrera, uno designado por el señor Alcalde y otro designado por los funcionarios del Ayuntamiento de Almensilla.
Dos Concejales de la Corporación.
Un Psicólogo designado por la Comisión de Gobierno Municipal.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales y sus suplentes deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Los aspirantes podrán recusarlos conforme a lo previsto en el art. 29 de la misma Ley.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, que se limitarán, exclusivamente, a prestar al Tribunal el asesoramiento técnico propio de su especialidad.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, cuatro Vocales y el Presidente, titulares o suplentes, indistintamente. Tendrá competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en la oposición y que no se hallen previstas en estas bases. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.
Sexta. Primera fase del proceso selectivo; oposición. La oposición constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:
a) Primera. Pruebas de aptitud física. Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, antes de efectuarse el reconocimiento facultativo, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el que caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal
determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento, circunstancia que la aspirante deberá comunicar inmediatamente al Tribunal. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros seis meses. Cuando las plazas convocadas sean más que las aspirantes que se han acogido al anterior derecho, esta circunstancia no afectará al desarrollo del proceso selectivo en los demás casos.
Los ejercicios se realizarán por el orden que se relaciona y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente.
Primero. Fuerza flexora:
a) Hombres. Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán
flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimientos de piernas. Se permiten dos intentos. Los aspirantes tendrán que realizar un mínimo de 8 flexiones.
b) Mujeres. El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente
extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Se permiten dos intentos. Las aspirantes tendrán que mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 40 segundos.
Segundo. Salto vertical.
Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 cm de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto. Se permiten dos intentos. Los
aspirantes tendrán que alcanzar 52 centímetros los hombres y 40 centímetros las mujeres.
Tercero. Salto de longitud.
Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie. Según el reglamento de atletismo. Se permiten dos intentos. Los aspirantes tendrán que superar 4,5 metros los varones y 3,80 metros las mujeres.
Cuarto. Salto de altura: 1,30 metros para los varones y 1,15 metros para las mujeres, batiendo con un solo pie, según el reglamento de atletismo. Dos intentos.
Quinto. Carrera de velocidad (60 metros).
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida a pie o agachado, sin tacos. Dos intentos. Marcas mínimas: 8"50 para los hombres y 9"50 para las mujeres.
Sexto. Carrera de resistencia sobre 2000 metros.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Se permite un solo intento. Marcas mínimas: 8,00 minutos para los hombres y 9,00 minutos para las mujeres.
b) Segunda: Reconocimiento médico.
El aspirante se someterá a un reconocimiento médico obligatorio por parte de los médicos que designen la Corporación, para comprobar si el mismo se encuentra incurso en los casos de incapacidad enumerados en el cuadro de exclusiones médicas que rige para el ingreso en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y que aparecen reflejados en el Anexo 1.
c) Tercera: Prueba psicotécnica.
El examen psicotécnico constará de pruebas que evalúen en los factores que a continuación se especifican y en los que a los aspirantes se les exigirá, en todos y en cada uno de ellos, una puntuación igual o superior al percentil 50, según baremos para los Cuerpos de Seguridad o, en su defecto, el existente para la población general española, en función del nivel académico exigible para cada puesto al que se aspire.
Primera. Intelectuales: Nivel intelectual con un cociente de inteligencia general igual o superior al percentil 50.
Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal,
razonamiento verbal y espacial, memoria, resistencia a la fatiga, comprensión de órdenes y capacidad de reacción
sensorio-motora.
Segunda. Características de personalidad: Ausencia de rasgos psicopatológicos; adaptación personal y social normalizada. Además, se valorarán la motivación psicosocial del sujeto y sus expectativas relacionadas con el puesto de trabajo; intereses y preferencias profesionales hacia el mismo; la capacidad de afrontamiento del estrés, y que en su perfil de personalidad no presente dificultades de asimilación y acomodación a la representación de la autoridad.
Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañado de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.
d) Cuarta: Teórica.
Consistirá en contestar en un tiempo máximo de tres horas a un test de 50 preguntas con repuestas alternativas sobre el temario del programa de esta convocatoria y que figura como Anexo 1 de las presentes bases y en la resolución de un caso práctico, en un tiempo máximo de una hora y treinta minutos, cuyo contenido estará relacionado también con el temario. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar tener cinco puntos en las contestaciones y otros cinco en la resolución práctica.
Almensilla, 29 de julio de 2002.- El Alcalde, Manuel Rubio Rubio.
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