Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo establecido en el apartado 5.4. del Anexo I de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 17 de febrero de 2003, BOJA núm. 42, de 4 de marzo, por la que se convocan becas para la realización de trabajos de investigación y estudio en materia de Legislación Turística y Deportiva,
R E S U E L V O
Primero. Aprobar las listas definitivas de los aspirantes admitidos y excluidos a dichas becas y las causas de exclusión.
Segundo. Las citadas listas definitivas quedarán expuestas al público en los Servicios Centrales de la Consejería de Turismo y Deporte, sita en el Edificio Torre Triana, Isla de la Cartuja, s/n, en Sevilla, en las sedes de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte y en la del Instituto Andaluz del Deporte.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición en el plazo de un mes o impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sevilla, 29 de mayo de 2003.- El Secretario General Técnico, Rafael Rodríguez de León García.
A N E X O
CODIGOS DE EXCLUSION
1. Solicitud presentada fuera de plazo.
2. DNI o equivalente no aportado o sin compulsar.
3. Título de Licenciado en Derecho o recibo abono derechos no aportado o sin compulsar.
4. Expediente académico no aportado o sin compulsar.
5. No acreditar documentalmente el conocimiento de idiomas o la totalidad de la documentación aportada referente al conocimiento de otro idioma distinto del castellano no viene acompañada de su traducción oficial (se aceptará la aportación de declaración responsable del interesado traduciendo la documentación).
6. No presentar declaración expresa tanto de no ser beneficiario de ningún tipo de beca como de no percibir sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado.
7. No presentar declaración expresa de no haber sido separado o despedido del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, mediante expediente disciplinario.
8. No presentar declaración expresa responsable de ser vecino de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el compromiso de presentar la correspondiente certificación de empadronamiento en el supuesto de resultar seleccionado.
9. No presentar declaración responsable del solicitante de no haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro o, en su caso, acreditación de su ingreso.
10. Disfrutar actualmente de algún tipo de beca con fondos públicos o privados.
Descargar PDF