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Habiendo sido aprobadas por Resolución de esta Alcaldía- Presidencia de 23 de diciembre de 2002, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, las modificaciones a las Bases para cubrir una plaza de Inspector de la Policía Local, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm., de 17 de diciembre de 2002, y BOJA núm. 127, de
31 de octubre de 2002, por medio del presente se efectúa la correspondiente corrección de los siguientes errores:
Base 3.3.b): Debe insertarse: «y faltar más de diez años para la edad de jubilación¯.
Base 6.7: La referencia al Decreto 236/88, de 4 de marzo, se sustituye por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Base 8.c)1.4.b): Debe suprimirse, a continuación de los dos primeros párrafos de dicho apartado b), desde donde dice: «Segunda parte¯ hasta: «La calificación final será la suma dividida por 2¯.
Se mantiene el párrafo siguiente, que dice «Los ejercicios de la primera fase tendrán carácter eliminatorio¯; y, a continuación, donde dice: «1. Segunda fase: Concurso¯, debe decir: «2. Segunda fase: Concurso¯.
Base 11.2: Al final debe sustituirse «y será de una duración no inferior a 130 horas lectivas¯ por «y será de una duración de 200 horas lectivas¯.
Asimismo, debe insertarse a continuación: «No será necesario, en ningún caso, superar el curso de capacitación para el posible acceso por el sistema de movilidad sin ascenso.
En cuanto al acceso por turno libre, en su caso, estarán exentos de la realización del mencionado curso, quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que se aspira¯.
ANEXO I: En el apartado de Carrera de Resistencia sobre
1.000 metros, debe insertarse: «Un intento¯.
En las pruebas y marcas, y en lo referente a la Carrera de Velocidad de 60 metros, en hombres con edad entre 50 y 56 años, debe sustituirse la marca máxima de 10"10, por 10"9.
ANEXO III: En el tema núm. 32, debe sustituirse: «Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas¯, por: «Normativa básica de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre Medio Ambiente¯.
ANEXO IV: Su encabezamiento: «Baremo para el concurso. Baremo para el concurso de méritos¯, debe sustituirse por: «Turno libre. Baremo para el concurso¯, sin que sufra variación el resto de dicho Anexo.
ANEXO V: Su encabezamiento: «Promoción interna y movilidad. Baremo para el concurso de méritos¯, debe sustituirse por: «Movilidad. Baremo para el concurso de méritos¯, sin que sufra variación lo publicado en el resto de dicho Anexo.
Asimismo, al final de éste, debe insertarse el siguiente párrafo: «Promoción interna. Baremo para el concurso. Dicho Baremo será el mismo establecido en el Anexo IV de las presentes Bases¯.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Dado en Jaén, 23 de diciembre de 2002.- El Alcalde.
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