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En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales, el Decreto 131/1991, de 2 de julio, establece en su artículo los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios de competencia municipal.
En base a dichos criterios, la Orden de 9 de enero de 2003, de la Consejería de Gobernación, establece la distribución de la aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 2003, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la resolución por la que se apruebe la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aprobación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.
En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo de la Orden de la Consejería de Gobernación de 9 de enero de 2003.
RESUELVO
Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Málaga, por importe de un millón cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho con treinta y cinco euros (1.444.498,35 E), correspondiente a la aportación de la Junta de Andulucia al Plan Provincial de Obras y Servicios para
2003.
Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria
765.12.81A., el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se hará efectiva mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, con cargo al ejercicio 2003, librándose el 25% restante, con cargo al ejercicio 2004.
Tercero. Los ingresos de las transferencias deberán justificarse, en el plazo de un mes a partir de la fecha de materialización del segundo pago, ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, mediante certificación en la que conste el número y la fecha del correspondiente asiento contable.
Cuarto. La presente Resolución, que se dicta por delegación del Consejero de Gobernación, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra ella recurso contencioso- administrativo, en la forma y plazos establecidos en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Málaga, 14 de mayo de 2003.- El Delegado del Gobierno, Luciano Alonso Alonso.
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