Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 08/10/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ACUERDO de 9 de septiembre de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de una subvención de carácter excepcional a la agrupación de interés económico denominada Parque Joyero de Córdoba, para la construcción del Parque Joyero de Córdoba.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía tiene entre sus objetivos impulsar la promoción y desarrollo del sector industrial y de mejorar las infraestructuras industriales en la Comunidad.

La Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía considera la importancia de la puesta en marcha de este proyecto para la industria andaluza y el desarrollo de la economía de Córdoba, no existiendo otros similares en países productores de joyería del mundo y que convertirá a Córdoba en la mayor fábrica de joyería del mundo, con una concentración de cerca de 200 empresas y con una importante creación de puestos de trabajo teniendo como perspectiva también la creación de una comercializadora del producto "Joya Cordobesa", que será un referente mundial de oferta y demanda.

Con fecha 28 de enero de 2000 se firmó un Protocolo General para la construcción del Parque Joyero de Córdoba por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en representación del Gobierno de España; el Consejero de Trabajo e Industria (actualmente de Empleo y Desarrollo Tecnológico), en representación de la Junta de Andalucía; la Alcaldesa- Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba; el Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba y el Presidente de la Agrupación de Interés Económico Parque Joyero de Córdoba, por el que las Administraciones Públicas firmantes se comprometieron a facilitar ayudas públicas o inversiones conforme a sus recursos presupuestarios, sus respectivas competencias y distintos marcos legales que rigen las mismas, para aportar entre todas el 40% del coste real subvencionable siempre y cuando no supere el total de 67.920.377,80 euros, previsto en el mencionado Protocolo.

Con fecha 17 de junio de 2003, se produce una modificación del proyecto básico refundido visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba, quedando el presupuesto total del proyecto en un importe total de 48.765.043,06 E.

Este proyecto servirá además para convertir en empresas a los actuales pequeños talleres y en empresarios a los artesanos ubicados, en un elevado número, en zona urbana, especialmente en el casco antiguo de la ciudad, además de reflotar una economía singular y la potenciación de creación de mano de obra.

El presente expediente de gasto pretende contribuir a la financiación de los gastos de construcción del Parque Joyero de Córdoba por un importe de seis millones diez mil ciento veintiún euros (6.010.121,00 euros), que representa una intensidad de ayuda del 17,26% del importe del presupuesto de inversiones subvencionables, que es de 34.818.271,57 E.

Remitido el expediente a la Intervención General de la Junta de Andalucía para su previa fiscalización de conformidad, con fecha 9 de julio de 2003, se informó favorablemente.

La normativa presupuestaria vigente establece en su artículo

104 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para autorizar subvenciones por importe superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos de euro (3.005.060,52 euros).

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, el Consejo Gobierno en su reunión del día 9 de septiembre de 2003 adopta el siguiente

A C U E R D O

Primero. Se autoriza a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico la concesión de una subvención de carácter

excepcional para fomentar una actividad de utilidad pública, por importe de seis millones diez mil ciento veintiún euros (6.010.121,00 euros), a la agrupación de interés económico Parque Joyero de Córdoba, para Construcción del Parque Joyero de Córdoba.

Segundo. Se faculta al Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico para dictar cuantas disposiciones fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 9 de septiembre de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

Descargar PDF