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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, POR PROMOCION INTERNA, UNA PLAZA DE SUBINSPECTOR DE LA POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICION
1. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por promoción interna dentro de la plantilla de la Policía Local de Ubrique y por el procedimiento de concurso oposición, de una plaza de Subinspector de la Policía Local. La plaza citada, adscrita a la Escala ejecutiva, a efectos retributivos se encuadra en el grupo B del art. 25 de la Ley
30/84 de 2 de agosto de medidas para la reforma de la función pública, conforme determina el punto 3.? de la disposición transitoria primera de la Ley 13/01 de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.
La referida plaza se encuentra encuadrada en la Escala de Administración especial, Subescala de Servicios Especiales, de la plantilla del Ayuntamiento de Ubrique e incluida en la Oferta pública de empleo del año 2003, aprobada por Decreto de la Alcaldía dictado con fecha 8 de julio de 2003.
Al titular de la misma incumbirá el desempeño de los trabajos y cometidos establecidos en el art. 173 del Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y en la Ley 13/2001 de Coordinación de Policías Locales de Andalucía.
2. Legislación aplicable.
Las presentes bases se regirán por lo dispuesto el la Ley/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto 201/2003 de 8 de julio de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Orden de 14 de noviembre de 2000, de la Consejería de Gobernación, modificada parcialmente por la de 14 de febrero de 2002, por la que se establecen las pruebas de acceso a las distintas categorías de lo Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y en lo no previsto en la citada legislación será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, Ley 30/84 de medidas de Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/95 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de las Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la administración del Estado y Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.
3. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso oposición será necesario:
- Nacionalidad española.
- Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría de Oficial, computándose a estos efectos el tiempo en el que se haya permanecido en situación de segunda actividad por causa de embarazo.
- Estar en posesión, como mínimo del título de Bachiller superior o equivalente, o en su caso la correspondiente dispensa de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera apartado 2 de la Ley 13/2001 de
Coordinación de Policías Locales de Andalucía o cualquier otra situación que le faculte para acceder a la promoción interna.
- Carecer en el expediente personal de inscripción o
anotaciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Todos los requisitos habrán de poseerse en el momento de finalizar el plazo de admisión de instancias.
4. Presentación de instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso oposición deberán contener la manifestación por parte de los aspirantes de que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda.
Asimismo a la instancia deberán adjuntar las certificaciones, títulos o fotocopias compulsadas de los mismos que acrediten los méritos alegados por los aspirantes en la fase de concurso, según la Orden de la Consejería de Gobernación de 14.2.02 (BOJA núm. 34 de 21.3.02).
Las instancias, según modelo oficial que figura en el anexo de esta convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, adjuntado el resguardo de haber satisfecho en la tesorería del Ayuntamiento, los correspondientes derechos de examen que se fijan en la cantidad de 30 euros.
Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ubrique, o conforme a lo previsto en el art. 38.4 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio de la convocatoria, en extracto en el BOE.
Las bases de la convocatoria se publicarán íntegras en el BOJA y en el BOP de Cádiz, antes de su publicación en extracto en el BOE.
5. Lista de admitidos y fecha de celebración de las pruebas. Recibidas las instancias, si se apreciara que cualquiera de ellas adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días hábiles subsane el mismo, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido. Una vez terminado el plazo de admisión y subsanados los defectos apreciados, se confeccionará la lista definitiva de admitidos y excluidos, así como el nombramiento del Tribunal y sus suplentes, y la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio. Todo ello se hará público en el tablón de edictos de la Corporación y mediante anuncio que se publicará en el BOP de Cádiz.
6. Tribunal calificador.
El Tribunal calificador estará compuesto por:
Presidente: El Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue. Vocales:
- El Concejal delegado de Personal o Concejal en quien delegue.
- El Concejal delegado de Seguridad Ciudadana o Concejal en quien delegue.
- Un representante de la Junta de Andalucía.
- Un representante de los delegados del personal funcionario a propuesta de ellos.
- Un representante de la Policía Local de Ubrique libremente designado por la Alcaldía.
- Un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Ubrique libremente designado por la Alcaldía.
Secretario: Actuará como Secretario el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Los miembros del Tribunal deberán tener al menos la misma titulación académica que la exigida para participar en el proceso selectivo.
El Tribunal podrá nombrar para todas o algunas de las pruebas a personas que asesorarán técnicamente al Tribunal, con voz pero sin voto, limitándose exclusivamente al ejercicio de sus especialidades técnicas.
El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, el Secretario y un mínimo de 4 vocales o su respectivos sustitutos.
En cualquier momento, los interesados podrán promover la recusación de los miembros del Tribunal, en los casos
establecidos en la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, si concurre alguno de los motivos de abstención establecidos en la Ley anteriormente citada.
7. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
c) Curso de capacitación.
8. Baremo del concurso.
Será el establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de 14.2.02 (BOJA núm. 34 de 21.3.02).
BAREMO PARA LA FASE DE CONCURSO
a) Titulaciones académicas.
Doctor: 3 puntos.
Licenciado o equivalente: 2 puntos.
Diplomado universitario, diplomado superior en criminología, experto en criminología o equivalente: 1 punto.
Bachiller Superior, BUP, acceso a la Universidad o equivalente:
0,5 puntos.
No se tendrán en cuenta a efectos de valoración las
titulaciones exigibles para el puesto al que se aspira, salvo que posean más de una, ni las necesarias para obtener la requerida, tampoco se tomarán en consideración más de una.
b) Antigüedad. Por cada año o fracción superior a 6 meses, prestado en los Cuerpos de la Policía Local en la categoría inmediata anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
Por cada año o fracción superior a 6 meses, prestado en los Cuerpos de la Policía Local en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.
Por cada año o fracción superior a seis meses, prestado en otros Cuerpos de Seguridad: 0,10 puntos.
Por cada año o fracción superior a seis meses, prestado en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima por el apartado de antig?edad: 4 puntos.
c) Formación.
Los cursos superados en los Centros docentes policiales o concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o los de manifiesto interés policial superados en la Universidad, y a través de los Planes de Formación Continua, a excepción de los obligatorios para adquirir la condición de funcionario de cualquier categoría de los Cuerpos de seguridad, según su duración, serán valorados cada uno con arreglo a los tramos siguientes:
Entre 20 y 34 horas lectivas: 0,24 puntos.
Entre 35 y 69 horas lectivas: 0,36 puntos.
Entre 70 y 99 horas lectivas: 0,51 puntos.
Entre 100 y 200 horas lectivas: 0,75 puntos.
Los cursos precedentes, impartidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 14-2-02, con duración entre 10 y 19 horas lectivas se valorarán con 0,15 puntos.
Los cursos en los que solo se haya obtenido asistencia se valorarán con la tercera parte.
Ejercer de profesor en los cursos anteriores se valorará por cada hora impartida en 0,03 puntos.
Las ponencias y publicaciones se valorarán en función del valor específico, interés policial y difusión, hasta un máximo de 1 punto.
Puntuación máxima del apartado de formación 4 puntos.
d) Otros méritos.
Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local de Andalucía:
Categoría oro: 3 puntos.
Categoría plata: 2 puntos.
Haber sido recompensado con la Medalla del Municipio: 1 punto.
Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 1 punto.
Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno, cada una: 0,25 puntos (máximo 4 felicitaciones).
Puntuación máxima en este apartado 4 puntos.
La puntuación obtenida en la fase de concurso se publicará en el tablón de anuncios antes de la calificación del primer ejercicio y en ningún caso podrá superar el 45% de la
puntuación máxima prevista en la fase de oposición. En ningún caso la valoración de los méritos servirá para poder superar la fase de oposición.
9. Fase de oposición.
Prueba de conocimientos. La prueba de conocimientos constará de dos partes, la primera la contestación por escrito de los temas o cuestionarios de preguntas con respuestas alternativas que planteará el Tribunal para cada materia de las que figuran en el temario que se recoge en el Anexo I, B, a) de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de noviembre de 2000 (BOJA núm.
144 de 14.12.00), que a continuación se transcribe y la segunda un supuesto práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los ejercicios, siendo necesario para aprobar obtener al menos 5 puntos en cada uno de ellos. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja. La calificación final será la suma dividida por dos. Para su realización se dispondrá de un máximo de 3 horas.
T E M A R I O
Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado español.
Tema 2. Los derechos y deberes de la persona en la Constitución de 1978. Garantía y suspensión de los mismos.
Tema 3. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y
competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.
Tema 4. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones Gobierno/Cortes Generales. Funciones del Gobierno.
Tema 5. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español.
Tema 6. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.
Tema 7. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. Competencias. Reforma. Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas.
Tema 8. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.
Tema 9. El procedimiento administrativo. El acto
administrativo. Concepto. Elementos y clases. Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales.
Tema 10. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entes locales.
Tema 11. El Municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales.
Tema 12. La organización y funcionamiento del Municipio. El Pleno. El Alcalde. La Comisión de Gobierno. Otros órganos municipales.
Tema 13. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y
procedimiento de elaboración y aprobación. Ordenanzas
Municipales del Ayuntamiento.
Tema 14. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
Tema 15. Función pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Tema 16. Derechos, deberes e incompatibilidades de los
funcionarios. Situaciones administrativas.
Tema 17. Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
Tema 18. Ley 13/2001 de Coordinación de Policías Locales en Andalucía.
Tema 19. La actividad de la Policía Local como policía
administrativa: Consumo, abastos, mercados, venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.
Tema 20. La actividad de Policía Local como policía
administrativa: Urbanismo. Infracciones y sanciones.
Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Disposiciones y actuación.
Tema 21. La actividad de la Policía Local en materia de Protección Civil. Organización de la Protección Civil
municipal. Participación ciudadana.
Tema 22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Tema 23. Personas responsables. Autores, cómplices y
encubridores. Grados de ejecución del delito.
Tema 24. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas
garantizadas por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
Tema 25. Delitos contra la Administración Pública.
Tema 26. Atentados contra la autoridad y sus agentes.
Desórdenes públicos.
Tema 27. Homicidio y sus formas.
Tema 28. Delitos contra el patrimonio y el orden
socioeconómico.
Tema 29. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia de seguro obligatorio.
Tema 30. Faltas contra las personas y el patrimonio.
Tema 31. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento criminal. Concepto y estructura.
Tema 32. La detención. Sujeto activo y pasivo. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. Ley Orgánica
6/84 de "Habeas Corpus". Entrada y registro en lugar cerrado.
Tema 33. La Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
Tema 34. Normas generales de circulación: Velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren
precauciones especiales.
Tema 35. Circulación de peatones. Circulación urbana.
Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.
Tema 36. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
Tema 37. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de circulación. Actuaciones complementarias.
Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
Tema 38. Accidentes de circulación. Definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.
Tema 39. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la
normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
Tema 40. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol. La sociedad de masas. Características.
Tema 41. Sociología de la ciudad. El sentido de la ciudad. Estructura de la ciudad. El barrio. El suburbio. El fenómeno de la urbanización. Relaciones de vecindad. Población y grupo social.
Tema 42. Técnicas de dirección de personal: Concepto, funciones y responsabilidad. La orden.
Tema 43. Técnicas de dirección de personal: Planificación, organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial.
Tema 44. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.
Tema 45. Deontología profesional. Normas que la establecen.
Los anuncios en los que se indique la fecha de realización del ejercicio se harán públicos en el tablón de edictos del Ayuntamiento con al menos 24 horas de antelación a su
celebración.
10. Propuesta del Tribunal.
Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal propondrá y publicará el nombre de aquella persona que habiendo superado las pruebas haya obtenido la mayor puntuación, sumándose y desglosándose las calificaciones correspondientes a ambas fases, no pudiendo proponer un número mayor de candidatos que el de plazas convocadas para la realización del curso de formación. Dicha propuesta se elevará a la Alcaldía para el nombramiento del aspirante propuesto como funcionario en prácticas para la realización del correspondiente curso de capacitación.
11. Presentación de documentos.
El aspirante propuesto presentará al departamento de personal los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación de la lista correspondiente con el nombre del aprobado en el Tablón de edictos de la Corporación, si no lo hiciere, ni presentare justificación suficiente, se le tendrá por desistido.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
- Copia compulsada del DNI.
- Certificación o fotocopia compulsada acreditativa del tiempo de servicios prestados como oficial.
- Fotocopia compulsada de la titulación académica alegada, dispensa o justificación de la titulación que alegue.
- Declaración jurada de carecer en el expediente personal de inscripción o anotaciones por faltas graves o muy graves, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas (según modelo Anexo II).
12. Curso selectivo.
El aspirante propuesto, si presentare en plazo la documentación exigida en el apartado anterior, realizará un curso selectivo de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de
Andalucía. La superación de dicho curso será requisito
imprescindible para obtener el nombramiento definitivo. Durante la realización de dicho curso el aspirante tendrá la
consideración de funcionario en prácticas.
13. Calificación definitiva.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de la fase de concurso, la de oposición y la que haya alcanzado en el curso de capacitación que realice en la ESPA o Escuela
Municipal de Policía autorizada.
14. Nombramiento.Recibida la calificación emitida por la ESPA o Escuela Municipal de Policía autorizada, el Tribunal propondrá a la Alcaldía el nombramiento del aspirante seleccionado, si hubiere superado el curso de capacitación correspondiente, procediendo la Alcaldía a su nombramiento y publicación del mismo en el Boletín Oficial correspondiente, en el plazo de 30 días.
15. Toma de posesión.
El aspirante tomará posesión de la plaza para la que ha sido nombrado, en el plazo de 30 días, contados desde la
notificación del Decreto de nombramiento.
ANEXO I
D./D.ª , provisto/a de
DNI núm. mayor de edad, vecino/a
de , con domicilio a efectos
de notificaciones en C/núm. ...............,
teléfono .........................
EXPONE: Que habiendo tenido conocimiento de que el Ayuntamiento de Ubrique ha convocado una plaza de Subinspector de la Policía Local por concurso oposición y por el procedimiento de
promoción interna, mediante anuncio publicado en el BOE de fecha ............ estimando reunir los requisitos establecidos en la misma
SOLICITA: Participar en dicho procedimiento selectivo, para lo cual adjunta resguardo acreditativo de haber satisfecho los correspondientes derechos de examen fijados en 30 E.Ubrique ........ de ................... de 2003
Fdo. ...........................................
Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ubrique
ANEXO II
D./D.ª , mayor de edad,
vecino de , con domicilio a efecto
de notificaciones en C/ , núm. ......,
habiendo superado la primera fase del proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de subinspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Ubrique y de conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria, formula la siguiente
DECLARACION JURADA: De carecer en el expediente personal de inscripciones o anotaciones por faltas graves o muy graves, en virtud de resolución firme. No teniéndose en cuenta las canceladas.
Y para que conste y surta los efectos oportunos suscribo la presente en Ubrique a ....... de ........ de .........
Fdo. ............................................
Ubrique, 22 de septiembre de 2003.- El Alcalde, Fco. Javier Cabezas Arenas.
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