Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El contexto normativo europeo y nacional en materia de aguas, supone un entorno altamente estimulante para incrementar los esfuerzos en materia de depuración y de protección de los recursos hídricos.
Estos aspectos adquieren una especial relevancia en nuestra comunidad autónoma en la que la adecuada gestión y preservación de la calidad de sus aguas, dadas las peculiaridades de nuestras cuencas y sus especiales características climáticas, resultan indispensables para su desarrollo económico.
La inminente necesidad de cumplir con los objetivos de la Directiva 91/271/CEE y frente a los retos que en relación con la gestión de los recursos hídricos se plantean en la nueva Directiva Marco de Aguas de la Unión Europea de 23 de octubre de 2000, hacen necesario renovar los esfuerzos investigadores y de desarrollo tecnológico orientándolos hacia modelos sostenibles para la depuración y gestión de las aguas.
Todo ello conduce a la conveniencia de mantener abiertas líneas de trabajo orientadas a proporcionar el soporte tecnológico y divulgativo necesario sobre los que apoyar el desarrollo de modelos sostenibles de gestión de los recursos hídricos.
En virtud de la línea de colaboración existente entre esta Consejería y el CENTA, al amparo del Convenio Marco de Cooperación en materia hidráulica y del Convenio Específico para el desarrollo de actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico, Formación y Difusión en materia hidráulica, suscritos entre ambas entidades con fechas 16 de julio de 1997 y 28 de noviembre de 2002, respectivamente, y acreditándose la finalidad pública de la subvención y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por los artículos 104 y 107 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Secretaría General de Aguas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Primero. Conceder una subvención al Centro de Investigación, Fomento y Aplicación de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA) por un importe de 2.914.421 E, que representa el ciento por ciento (100%) del importe global del presupuesto de los proyectos y actuaciones que se recogen en el Anexo de la presente Orden, siendo el plazo de ejecución de los trabajos de tres (3) años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Orden.
Segundo. La citada subvención se hará efectiva con cargo al siguiente código de proyecto y aplicaciones presupuestarias. del presupuesto asignado a la Secretaría General de Aguas, adoptándose el siguiente compromiso de gasto anual:
Código de proyecto: 2002000146.
Aplicaciones presupuestarias:
Anualidad 2002 (291.440,00 euros): 01.15.00.03.00.780.
00.51.C.7
Anualidad 2003 (561.419,00 euros): 31.15.00.03.00.780.
00.51.C.5.2003
Anualidad 2004 (925.222,00 euros): 31.15.00.03.00.780.
00.51.C.6.2004
Anualidad 2005 (1.136.340,00 euros):
31.15.00.03.00.780.00.51.C.7.2005
Estas anualidades y aplicaciones, por motivos presupuestarios, a la vista del ritmo de las actividades o por cualquier causa justificada, podrán ser objeto de reajuste y modificación por parte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, no siendo necesaria la conformidad del CENTA, sin perjuicio de la necesaria
información que se proporcionará al CENTA para su conocimiento.
Tercero. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto primero de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.
Asimismo dará lugar a la devolución total o parcial de los fondos percibidos la obtención concurrente de subvención o ayuda otorgada por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 110 y 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. El CENTA, como beneficiario de la presente subvención y, según el artículo 18.11 de la Ley 14/2001, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2002, está obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la indicada en el punto primero, que la misma esta subvencionada por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.
Quinto. La Consejería de Obras Públicas y Transportes, con posterioridad a la concesión de la presente subvención, designará a un Técnico capacitado que asumirá la dirección de los trabajos y supervisará el control del gasto destinado a esta actuación.
Sexto. De acuerdo con lo expresado en el artículo 108 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 18 de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, la presente subvención se hará efectiva de la siguiente manera:
Un primer libramiento, sin justificación previa,
correspondiente al diez por ciento (10%) del importe
subvencionado, es decir, la cantidad de doscientos noventa y una mil cuatrocientos cuarenta euros (291.440 E), a la
publicación de la presente Orden.
El noventa por ciento (90%) restante, dos millones seiscientos veintidós mil novecientos ochenta y un euros (2.622.981 E), mediante certificaciones emitidas por la Secretaría General de Aguas con periodicidad semestral, previa justificación de la ejecución de los trabajos y su aceptación por la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco suscrito el 16 de julio de 1997 entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el CENTA.
Todo ello, tal como se establece en la Estipulación Duodécima del Convenio Específico de colaboración entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el CENTA para el desarrollo de actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico,
Formación y Difusión en materia hidráulica suscrito el 28 de noviembre de 2002.
En el plazo de dos meses, a partir del ingreso material en la Tesorería del CENTA correspondiente al 100% del global de la subvención, dicha Asociación queda obligada a la total
justificación del cumplimiento de la finalidad para que la que se concede la misma, mediante certificación acreditativa de que se han abonado a los correspondientes perceptores la totalidad de los importes expedidos y tramitados ante la Consejería, y la aportación de la documentación justificativa de pagos
realizados con cargo a la cantidad concedida.
En todos los casos, en el plazo de quince dias desde la recepción de los fondos, el CENTA aportará certificación acreditativa de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, en relación con lo establecido en la letra f) del artículo 108 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptimo. El CENTA deberá facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía en relación con la presente subvención.
La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.
Octavo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la subvención objeto de la presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Sevilla, 10 de diciembre de 2002
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
ANEXO
- Desarrollo de Metodología para la estandarización de
criterios de evaluación en el diseño, mantenimiento y
explotación de EDAR,s (Auditoría).
- Análisis, evaluación y diagnóstico de las tecnologías de depuración implantadas en Andalucía.
- Estudio y valoración del impacto de las salmueras de
desaladoras sobre el litoral andaluz.
- Difusión social y servicios: Divulgación de las bases de la nueva cultura del agua y de los preceptores de la gestión sostenible de los recursos hídricos entre usuarios,
responsables locales, ámbito científico y la empresa privada.
- Formación en materia de aguas: Cursos, jornadas, seminarios, en una amplia gama de niveles técnicos, desde operarios hasta nivel científico-técnico.
- Estudio metodológico para el establecimiento de técnicas de difusión sobre tratamiento y gestión de aguas a los usuarios y agentes implicados.
- Seguimiento de prototipos piloto de tratamiento de aguas: Innovación tecnológica en el sector.
- Investigación sobre sistemas basados en combinación de tecnologías blandas.
- Investigación sobre reutilización de aguas depuradas.
- Investigación en sistemas de lagunaje.
- Investigación sobre sistemas basados en humedales.
- Investigación sobre sistemas de tratamiento con turbas.
- Investigación sobre sistemas basados en filtros verdes.
- Investigación sobre sistemas de biopelícula y lodos.
Descargar PDF