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Primero. Por resolución de esta Delegación Provincial de fecha 25 de mayo de 2001, se autorizó administrativamente, se aprobó el proyecto de ejecución y se declaró en concreto la utilidad pública de las instalaciones de gas natural denominadas "Red de distribución industrial a Jun y su Addenda I", previa la correspondiente información pública.
Segundo. En dicho proyecto se hacía constar como una de las parcelas afectadas la denominada "GR-GR 4V", atribuyendo la propiedad de la misma a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. A lo largo del procedimiento se ha puesto de manifiesto que en realidad la misma corresponde a dos fincas pertenecientes a los Sres. Hermanos Linde Martín (parcelas catastrales 253 y 254) y a los Sres. Hermanos Bueno Olmedo (y herederos) (parcela catastral 252), y que han quedado identificadas por la beneficiaria como GR-GR 4V y GR-GRV, respectivamente (según detalle que se relaciona). Con base a ello se procedió a la suspensión del levantamiento de las actas previas a la ocupación de las citadas parcelas, prevista para el pasado día 9 de junio de 2003.
Tercero. Por su parte, en el levantamiento del acta previa a la ocupación de la parcela designada en el proyecto como GR-JU 12 (parcela catastral 133, según detalle también relacionado), cuya propiedad era atribuida a los Sres. Herederos de doña Josefa Méndez Rodríguez Acosta, y que tuvo lugar el día 10 de junio de 2003, comparecieron doña Concepción Méndez Fernández de Córdoba y don Antonio Andrés Martín Castillo, en representación este último, según poder notarial, de doña Nieves Montoro de Damas Soriano, manifestando el Sr. Martín Castillo que es don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas, hijo de doña Nieves Montoro de Damas Soriano, el propietario, junto con la Sra. Méndez Fernández de Córdoba, de la citada finca, por lo que a la vista de dicho dato, los efectos del acto quedaron diferidos hasta la posible personación en el expediente del Sr. Méndez Montoro de Damas, al que habría de dar vista del mismo.
Cuarto. Tanto a los propietarios de la finca GR-GR 4V -don Francisco, doña Concepción, don Antonio, doña Adriana y doña Amalia Linde Martín- como a los propietarios de la designada como GR-GR 5V -don Emilio Bueno Olmedo, Sres. Herederos de doña Concepción Bueno Olmedo y don Francisco, don Miguel y don Jesús Avila Bueno- se le ha concedido trámite de audiencia, por término de veinte días, a fin de evitar cualquier tipo de indefensión de los interesados y completar así, en relación con dichas parcelas, el trámite de información pública del expediente, para lo que se insertaron anuncios en el BOE de
15.3.2000, en el BOJA de 21.3.2000 y en el BOP de Granada de
15.3.2000, así como en el Diario Ideal de Granada de 5.3.2000, sin que ninguna de dichas personas haya presentado en el plazo concedido alegación o documento alguno.
Quinto. Igual trámite de audiencia fue concedido a don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas, copropietario junto con doña Concepción Méndez Fernández de Córdoba, de la parcela designada como GR-JU 12, quien con fecha 15.7.2003, presentó ante esta Delegación Provincial escrito formulando, básicamente, las siguientes alegaciones:
- Que no se ha entendido con él ningún trámite del expediente.
- Que el trazado se ha adoptado sin la motivación suficiente y sin tener en cuenta la aplicación de otros posibles trazados que discurran sobre terreno público.
- Que resulta procedente declarar la anulabilidad, nulidad o revocación de la resolución de fecha 25.5.2001 de esta Delegación Provincial, por la que se autorizó administrativamente, se aprobó el proyecto de ejecución y se declaró en concreto las utilidad pública de las instalaciones de gas natural denominadas "red de distribución industrial a Jun y su Addenda I".
Sexto. Trasladadas dichas alegaciones a la beneficiaria (ENAGAS), ésta, en escrito de fecha de entrada en esta
Delegación Provincial el 8.8.2003, hace en relación con las mismas las siguientes consideraciones:
- Que mediante escrito de fecha 19.7.2000, compareció en el expediente doña Nieves Montoro de Damas Soriano como titular de la finca GR-JU 12, realizando una serie de alegaciones y posteriormente interponiendo el 18.7.2001 recurso de alzada contra la citada resolución de esta Delegación Provincial de fecha 25.5.2001, que fue desestimado por resolución del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de fecha 3.6.2002.
- Que mediante escrito de fecha 17.10.2000, se personó
igualmente en el referido expediente doña Concepción Méndez Fernández de Córdoba, quien manifestaba ser heredera, junto con sus hermanos, de doña Josefa Méndez Rodríguez Acosta, y por tanto, propietaria de la finca designada como GR-JU.- Que las alegaciones ahora presentadas por don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas reproducen, en esencia, los argumentos utilizados por doña Nieves Montoro de Damas Soriano en el recurso de alzada que interpuso y que como se ha señalado resultó desestimado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Esta Delegación Provincial es competente para la
autorización administrativa, aprobación del proyecto y
declaración en concreto de la utilidad pública de las
instalaciones de referencia y en cuanto a las modificaciones a que se refiere esta resolución en relación con la citada de
25.5.2001, según lo dispuesto en el art. 13 14. del Estatuto de Autonomía de Andalucía (Ley Orgánica 6/1981, de 30 de
diciembre), art. 3. de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
II. Habiéndose acreditado, de conformidad con lo expuesto en los Antecedentes de Hecho, que las instalaciones de gas naturas denominadas "red de distribución industrial a Jun y su Addenda I", han de discurrir por las parcelas designadas como GR-GR 4V (propiedad de los Hermanos Linde Martín) y GR-GR 5V (propiedad de los hermanos Bueno Olmedo y
herederos) así como que la parcela GR-JU 12 es copropiedad de doña Concepción Méndez Fernández de Córdoba y don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas, y no incluyéndose dichos extremos en la relación de titulares, bienes y derechos de la resolución referida de esta Delegación Provincial de fecha
25.5.2001, se hace necesaria una nueva resolución que
complemente a ésta en cuanto a la autorización, proyecto técnico aprobado y declaración en concreto de la utilidad pública de dichas instalaciones, a los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y normativa complementaria.
El contenido restante de la resolución de esta Delegación Provincial de fecha 25.5.2001, en virtud del principio de conservación de actos y trámites válidos que inspira nuestra legislación administrativa (art. 66, Ley 30/1992), se ha de entender vigente y con plenos efectos.
III. En cuanto a las alegaciones ahora realizadas por el Sr. Méndez Montoro de Damas, en similares términos que las
formuladas por su madre, doña Nieves Montoro de Damas Soriano, tanto en el primer escrito que presentó con fecha 19.7.2000 como en su posterior recurso de alzada interpuesto el
18.7.2001, desestimado, como se ha hecho ya referencia, por resolución del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de fecha 3.6.2003, cabe dar aquí por reproducidas, al constar en el expediente, las argumentaciones contenidas en la misma en respuesta a las manifestaciones de la Sra. Montoro de Damas.
La posibilidad de presentar alegaciones y los documentos que estimase pertinentes, concedida a don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas, que como se ha señalado, se ha limitado a reproducir las efectuadas con anterioridad por su madre (Sra. Montoro de Damas), trata de corregir el hecho de que no incluyese su nombre en la relación de titulares afectados, si bien se ha de resaltar que por parte de la Sra. Montoro de Damas, desde el inicio del expediente, se ha ejercido en los términos anteriormente reflejados, la defensa de los derechos e intereses correspondientes a la parcela designada como GR-JU
12, sin que quepa, por tal motivo, considerar que el Sr. Méndez Montoro de Damas se ha encontrado en una situación de
indefensión. De cualquier forma, en pos de las máximas
garantías para el interesado, se entendió ajustado a derecho diferir los efectos del acta previa de ocupación hasta la posible personación en el expediente del Sr. Méndez Montoro de Damas, como así ha ocurrido, reflejándolo expresamente entre los titulares de bienes y derechos afectados y continuando con él los demás trámites del expediente.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía,
R E S U E L V E
Completar su resolución de fecha 25 de mayo de 2001, por la que se autorizó administrativamente, se aprobó el proyecto de ejecución y se declaró en concreto la utilidad pública de las instalaciones de gas natural denominadas "Red de distribución Industrial a Jun y su Addenda I", en el sentido de declarar, por las razones expuestas, incluidas en la relación de bienes y derechos afectados a las parcelas designadas como GR-GR 4V y GR-GR 5V, según detalle anexo, así como, consignar como copropietario de la parcela GR-JU 12, junto a doña Concepción Méndez Fernández de Córdoba, a don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas, continuando el procedimiento en tal sentido y manteniendo, en todo lo demás, el tenor de la citada resolución de fecha 25.5.2001.
Contra la presente Resolución, al no poner fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, a tenor de lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y del PAC.
Además de la notificación individual de la presente a los interesados, esta resolución se publicará en el BOP de Granada y en el BOJA, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el art. 59 5. de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para los casos de titulares desconocidos o domicilios ignorados o aquellos otros en los que intentada la notificación no haya podido
practicarse.
Granada, 15 de septiembre de 2003.- El Delegado, Angel J. Gallego Morales.
ANEXO QUE SE CITA
RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS INTERESADOS Y BIENES AFECTADOS POR LA INSTALACION DE GAS NATURAL DENOMINADA "RED DE DISTRIBUCION INDUSTRIAL A JUN Y SU ADENDDA I", OBJETO DE ESTA RESOLUCION
Parcela según proyecto GR-GR - 4V:
- Término municipal: Granada.
- Propietarios (y domicilios): Don Francisco de Asís Linde Martín (C/ Alhamar, 35, 6.? A, 18004 Granada), doña Concepción Linde Martín (C/ Alhamar, 35, 6.? B, 18004 Granada), don Antonio Linde Martín (Avda. Madrid, 3, 8.? izda., 18012 Granada), doña Adriana Linde Martín (Cañada de los Ingleses, 22 dcha., 29016 Málaga) y doña Amalia Linde Martín (C/ Enrique Alzamora, 6, 2.?, 07002 Palma de Mallorca).
- Polígono núm.: 21.
- Parcelas según catastro: 253 y 254.
- Clase de cultivo: Labor regadío.
- Afección: 252 l.m.
- Superficie ocupada temporalmente: 2.016 m.
Parcela según proyecto GR-GR - 5V:
- Término municipal: Granada.
- Propietarios (y domicilios): Don Emilio Bueno Olmedo (Pasaje Cruz de Mayo, 2, 1.? A, 18014 Granada), Sres. Herederos de doña Concepción Bueno Olmedo (C/ Ermita, 14 (Estanco), 18200 Maracena (Granada)), y don Francisco, don Miguel y don Jesús Avila Bueno (Avda. de las Adelfas, 2, 29630 Benalmádena Costa (Málaga)).
- Polígono núm.: 21.
- Parcela según catastro: 252.
- Clase de cultivo: Labor regadío.
- Afección: 55 l.m.
- Superficie ocupada temporalmente: 440 m.
Parcela según proyecto GR-JU-12:
- Término municipal: Jun (Granada).
- Propietarios (y domicilios): Doña M.ª Concepción Méndez Fernández de Córdoba (Plaza Gracia, 2, 18002 Granada) y don Antonio Manuel Méndez Montoro de Damas (Avda. Constitución, 18, Portal 1-9.ª izda., 18012 Granada).
- Polígono núm.: 1.
- Parcela según catastro: 133.
- Clase de cultivo: Pastos.
- Afección: 118 m.l.
- Superficie ocupada temporalmente: 1.118 m.
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