Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Núm. Expte.: SE/2003/719.
Nombre y apellidos: Doña Alicia Pérez Nieva, DNI 17.029.471-H.
Contenido del acto: Intentada sin efecto la notificación derivada de los expedientes sancionadores que a continuación se relacionan incoados en la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Sevilla, este Organismo considera procede efectuar dichas notificaciones a través de su exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", cumpliéndose así lo establecido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por lo expuesto, se hace público el presente anuncio, haciéndoles saber a todos los interesados que pueden comparecer en la Sección de Informes y Sanciones de la Delegación de Medio Ambiente de Sevilla, en Avda. de la Innovación, s/n de esta capital, en el plazo de quince días para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones y recursos procedentes:
Número de procedimiento: SE/2003/719.
Presunto responsable: Alicia Pérez Nieva.
Fecha de la denuncia: 4 de marzo de 2003.
Lugar de la denuncia: Parcela junto a la Colada del Grajo, t.m. de Lora de Estepa.
Hechos imputados: Eliminación de matorral, roturación de zona de monte e instalación de olivar.
Calificación de los hechos: Según el art. 80.3 de la Ley
2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía (BOJA 57/1992, de
23 de junio. BOE 163/1992, de 8 de julio) la infracción se califica como Grave. El art. 86 de la Ley Forestal de Andalucía dispone que las infracciones Graves se sancionarán con multa comprendida entre 601,02 euros a 6.010,12 euros, para cuyo pronunciamiento preciso habrá que estar a cuantas alegaciones, documentos o informaciones se estimen convenientes en la instrucción.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 90.1 de la Ley
2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía (BOJA 57/1992, de
23 de junio), corresponden a la Administración Forestal de Andalucía las facultades de disciplina, vigilancia e inspección de las disposiciones contenidas en la presente Ley. El artículo
92.1.a), del mismo texto legal por su parte señala que la competencia para la imposición de sanciones a que se refiere la presente Ley corresponderá a los órganos periféricos de la Administración Forestal, hasta 6.010,12 euros. A su vez, el artículo 117 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado por Decreto 208/1997, de 9 de septiembre (BOJA 117/1997, de 7 de octubre), señala en su número 1 que corresponde a los Delegados Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente iniciar los procedimientos sancionadores en materia forestal. El número 3 de este mismo precepto indica que la resolución de los expedientes sancionadores corresponderá a los Delegados Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, hasta un
6.010,12 euros.
Se nombra instructor del Procedimiento al funcionario don José Luis García Lama, que podrá ser recusado en la forma fijada en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, caso de concurrir las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la citada Ley.
Contra el presente acuerdo de inicio, se dispone de un plazo de
15 días para aportar cuantas alegaciones, documentos o
informaciones que estime convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse de ella.
El plazo máximo para resolver y notificar el presente
procedimiento administrativo es de 10 meses según lo
establecido en la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos.
Por otra parte, se le informa de la posibilidad, establecida en el artículo 8.1 del mencionado Real Decreto 1398/1993, de reconocer voluntariamente su responsabilidad, lo que
conllevaría la resolución del presente procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.
Sevilla, 20 de octubre de 2003.- La Delegada, María Rosario Pintos Martín.
Descargar PDF