Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 10/11/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 22 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 754/2003. (PD. 4088/2003).

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Número de Identificación General: 4109100C20030016180. Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 754/2003-1.? EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia número Veintidós de Sevilla.

Juicio: Proced. Ordinario (N) 754/2003.

Parte demandante: Ricardo Cortés Ruiz.

Parte demandada: Vazpiber S.A.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda deducida por la Procuradora doña Reyes Costa Calvo, en nombre y representación de don Ricardo Cortés Ruiz y doña Ana Remedios Castaño Torres contra Vazpiber, S.A., debo declarar y declaro que la finca que a continuación se describe, ha sido transmitida mediante contrato de compraventa de fecha 4 de enero de 1982 celebrado entre la demandada como vendedora y los actores como compradores. La descripción de la finca es la siguiente: Urbana. Plaza de aparcamiento núm. 16 en planta baja del edificio en San Juan de Aznalfarache, construido sobre una parcela de terreno procedente del llamado Olivar del Tío Porras, con una superficie construida de 19 metros cuadrados y linda, al frente, con zona de maniobras; derecha entrando, la plaza de aparcamiento núm. 17; izquierda, la núm. 15; y fondo, muro de fachada del edificio. Inscrita al folio 100, Tomo 854, Libro 136 y alta 1, finca núm. 7282 del Registro de la Propiedad núm. 8 de Sevilla.

En consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a elevar a escritura pública el referido contrato de compraventa a favor de los actores, en el plazo de quince días con el apercibimiento que de no realizarlo en dicho plazo, se procederá al otorgamiento de la escritura de oficio.

Se condena a la demandada al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada y conforme a lo establecido en el art. 497 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOJA.

En Sevilla, a veintitrés de octubre de dos mil tres.La Secretaria Judicial.

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