Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 10/11/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?6 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 436/2002. (PD. 4103/2003).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2905441C20026000431.

Procedimiento: J. Verbal (N) 436/2002. Negociado: N. Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Juan José Bonilla Córdoba.

Procuradora: Sra. Rosario Acedo Gómez.

Contra: Fuengirola Car Auctions y Autos Bellamar, S.L. Procuradora: Sra. Fernández Martínez M.ª Anunciata.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 436/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Fuengirola a instancia de Juan José Bonilla Córdoba contra Fuengirola Car Auctions y Autos Bellamar, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA

En Fuengirola, a 30 de abril de 2003.

Vistos por mí, doña María J. del Río Carrasco, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Fuengirola y su partido, los presentes autos de Verbal Civil seguidos ante este Juzgado con el número

437/02, a instancia de la Procuradora doña Rosario Acedo Gómez en nombre y representación de don Juan José Bonilla Córdoba defendido por el Letrado don Antonio Márquez Zumaquero contra Autos Bellamar, S.L., representado por la Procuradora doña Anunciata Fernández Martín y defendido por el Letrado don Juan Muñoz Solano y contra Fuengirola Car Auctions, en rebeldía, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad derivada de accidente de circulación.

FALLO

Que desestimo integramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Rosario Acedo Gómez en nombre y representación de don Juan José Bonilla Córdoba contra Autos Bellamar, S.L., que compareció representado por la Procuradora doña Anunciata Fernández Martín y contra Fuengirola Car Auctions, en rebeldía, y en consecuencia absuelvo a los demandados de las pretensiones articuladas en su contra. Todo ello con imposición de costas a la parte actora.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo las partes interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días, para su Resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al los demandado Fuengirola Car Auctions extiendo y firmo, la presente en Fuengirola, a veintiuno de mayo de dos mil tres.- El/La Secretario.

Descargar PDF