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Intentado sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación, formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo; significándoles que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquel en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente, en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva; pudiendo formular los descargos que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de las pruebas que consideren oportunas, a tenor de lo dispuesto en los arts. 18 y 19 de Real Decreto 1398/93.
Expediente: H-59/03-EP.
Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Manuel Rasco Mazo.
C/ Coronel Eligio Sousa, núm. 2-Alto. Huelva.
Hechos denunciados: El día 3 de agosto de 2003, sobre las 6,30 de la mañana, se celebró una fiesta de música Break Beat o música electrónica en la Discoteca Marea Disco, sita en las naves 277-278 del micropolígono San Jorge de la localidad de Palos de la Frontera. En dicho evento, se pudo constatar por la fuerza actuante, que se rebasó con creces el aforo máximo permitido lo que redundó en un aumento grave de la inseguridad para las personas allí congregadas. De idéntica forma, no existió durante dicha fiesta servicio de vigilancia conforme a las previsiones legales, lo que facilitó que se alterara el orden durante la misma, al producirse una riña tumultuaria con resultado de heridos y contusionados.
A mayor abundamiento, la denuncia aporta las declaraciones del organizador de la fiesta, del representante de la empresa titular de la Discoteca, de dos porteros del establecimiento y formula una diligencia de plasmación sobre la realidad documental del local y lo relacionado con la fiesta.
En relación con esto último, los agentes intervinientes hacen constar que la Discoteca Marea Disco posee licencia de apertura para la nave 277 y que existe proyecto de reforma consistente en la ampliación de la autorización a la nave 278, contigua a la que está autorizada.
En ningún caso, se acredita que el aforo del local autorizado sobrepase las 475 personas. En relación con ello, las declaraciones que obran al expediente de las personas citadas con anterioridad aluden siempre a, aproximadamente, mil entradas vendidas y en todos los casos se afirma que las personas que se hallaban en el interior rondaban la cifra de
1.000, ello excluyendo las que se encontraban en el exterior y aledaños de la Discoteca cuyo número sobrepasaba las 2.000. Tal saturación de personas obligaba -siempre según la denuncia de la Guardia Civil-, a que el público asistente tuviese que salir de la misma al objeto de respirar aire puro. Esta situación motivó que mientras unos salían otros entraban, sin control aparente por falta del servicio de vigilancia. Esta realidad y la carencia de espacio físico provocado, unido al entorno lúdico que caracteriza a este tipo de fiestas, dio lugar a las alteraciones del orden que en la denuncia se hacen constar con el resultado que obra en la misma.
Con fecha 14 de agosto del corriente, se remitió la denuncia al Ayuntamiento de Palos de la Frontera con el fin de que informase de las medidas adoptadas en relación con los hechos que eran de su competencia, sin que hasta la fecha se tenga constancia de actividad alguna por parte de dicho órgano.
Infracción: Art. 7 de la Orden de 25 de marzo de 2002, art. 4 del Decreto 78/2003, de 26 de febrero y arts. 15, 16 y 17 del Decreto 10/2003 de 28 de enero.
Tipificación: Arts. 19.8, 20.9 y 20.18 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades
Recreativas de Andalucía.
Sanción propuesta: De acuerdo con el art. 22 de la misma Ley, las infracciones calificadas como graves serán sancionadas con multa comprendida entre 300,51 a 30.050,61 euros y las muy graves entre 30.050,61 a 601.012,10 euros.
Huelva, 7 de noviembre de 2003.- El Delegado del Gobierno, Juan José López Garzón.
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