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A los efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la presente, se requiere a las empresas que se citan a continuación para que en plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de esta publicación, presenten solicitud bien de Convalidación, bien de baja, o para que formulen alegaciones en relación con sus inscripciones en el Registro General Sanitario de Alimentos, advirtiéndoles que de no hacerlo en dicho plazo, se iniciará procedimiento para la retirada de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento y en consecuencia, a la revocación de las Inscripciones correspondientes sin cuyo requisito sus actividades se reputarán clandestinas.
EMPRESAS QUE SE CITAN CON SUS CORRESPONDIENTES NUMEROS DE REGISTROS SANITARIOS
Sevilla, 14 de febrero de 2003.- El Delegado, Francisco J. Cuberta Galdós.
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