Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla), por la que se solicita dejar sin efectos la adscripción en comisión de servicios de doña Carmen Botto Márquez, Secretaria-Interventora de la Mancomunidad de la Subbética (Córdoba), para el desempeño del puesto de trabajo de Secretaría de la citada Corporación, efectuada por Resolución de 7 de mayo de 2002 de la Dirección General de la Función Pública, a instancia de la propia interesada, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto 1732/1994 , de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuida por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Dejar sin efecto la adscripción en comisión de servicios efectuada por la Dirección General de la Función Pública, a favor de Carmen Botto Márquez, con DNI 28.462.635 en el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla).
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Sevilla, 17 de febrero de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
Descargar PDF