Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 04/04/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de aprobación definitiva de modificación de elementos del PGOU. (PP. 591/2003).

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A N U N C I O

Acuerdo plenario de aprobación definitiva de la Modificación de Elementos del PGOU en C/ Torremolinos (Casa Gerald Brenan).

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2003, se ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:

"El Excmo. Ayuntamiento Pleno conoció el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda, Obras, Tráfico y Desarrollo Territorial de fecha 27 de enero de 2003, cuyo texto a la letra es el siguiente:

"La Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda, Obras, Desarrollo Territorial y Tráfico, conoció informe-propuesta del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística de fecha de enero de 2003, el cual copiado a la letra dice: Se da cuenta de expediente relativo a Modificación de Elementos del PGOU en la Casa de Gerald Brenan sita en C/ Torremolinos (Churriana), con el objetivo de cambiar la calificación actual del PGOU, vigente del inmueble mencionado de Residencial Privado CTP-I a Sistema Local de Equipamiento Social manteniendo el grado de Protección Arquitectónica II que tiene en el vigente Catálogo de Edificios Protegidos, promovido de oficio.

La propuesta se fundamenta a tenor de lo dispuesto en el informe técnico del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística de 18 de diciembre de 2001, en escrito efectuado por el Concejal Delegado de la Junta de Distrito de Churriana con fecha 13 de septiembre de 2001 y posterior escrito de la Secretaria de Relaciones Institucionales y Programas de 29 de octubre de 2001 por los que solicitan que se inicie los trámites pertinentes para la compra o expropiación de la casa en la que durante muchos años residió y realizó su obra literaria el escritor Gerald Brenan, proponiendo la recalificación de la parcela como equipamiento como paso previo a la expropiación o compra citada.

Se trata de una gran casona del S. XIX, incluida en el Catálogos de Edificios Protegidos del Plan General con Grado de Protección Arquitectónica II.

La citada Modificación recibió la aprobación inicial por acuerdo plenario de 26 de febrero de 2002, y sometido al trámite de información pública, no ha tenido entrada ninguna alegación al mismo, según certificación de la Vicesecretaria Delegada de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras obrante en el expediente de fecha 8 de julio de 2002.

Con fecha 2 de agosto de 2002 tuvo lugar la aprobación provisional del presente expediente mediante acuerdo Plenario Municipal. Como resultado de este acuerdo se remite el expediente a la Diputación Provincial y a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía. La primera informa favorablemente con fecha 23 de octubre de 2002. Respecto a la segunda, indicar que el plazo legal que otorga el art. 29 del Decreto 77/94 para que la citada Comisión emita el preceptivo informe es de un mes a contar desde la fecha de recepción del expediente completo, entendiéndose que transcurrido el cual sin que exista contestación se entenderá emitido éste en sentido favorable, plazo que venció el 21 de noviembre de 2002 y que según certificado de la Vicesecretaria Delegada de esta Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 22 de enero de 2003 se indica que hasta esta fecha no ha tenido entrada el mencionado informe preceptivo, por tanto ha de entenderse el mismo emitido en sentido favorable al no haberse recibido en el plazo legal de un mes otorgado por el artículo expuesto, a contar desde la recepción de la documentación. Hacer constar que la presente Modificación no altera el aprovechamiento tipo del Area de Reparto en que están incluidas las parcelas, debido a la pequeña incidencia de la modificación, ni se altera la clasificación, ni las zonas verdes, ni el techo edificable e igualmente no se alteran los sistemas generales.

Visto el informe jurídico de fecha 22 de enero de 2003, por el que no se aprecian inconvenientes para la aprobación definitiva de la presente modificación, este Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística propone a la Comisión Informativa eleve propuesta al Excmo. Ayuntamiento Pleno de adopción de los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos del PGOU en la Casa de Gerald Brenan sita en C/ Torremolinos (Churriana), con el objetivo de cambiar la calificación del inmueble mencionado de Residencial Privado CTP-I a Sistema Local de Equipamiento Social, manteniendo el Grado de Protección Arquitectónica II otorgado por el Plan General, conforme a la documentación técnica que tuvo aprobación inicial y provisional fechada en diciembre/2001, de acuerdo con los informes obrantes en el expediente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 128 y 114 del Real Decreto Legislativo 1/1992 aplicable en virtud del artículo único de la Ley 1/1997 de la Junta de Andalucía.

Segundo. Disponer se publique el presente acuerdo y las ordenanzas urbanísticas en el BOP en cumplimiento de los arts.

124 y 131 del citado texto legal y del 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local como requisito necesario para la ejecutoriedad del mismo.

Tercero. Dar cuenta del acuerdo a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 27 del Decreto 77/1994 de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Disciplina Urbanística y Autoconstrucción para su conocimiento y efectos.

Sometido a votación el informe-propuesta transcrito, el resultado de la misma fue el siguiente:

La Comisión, por unanimidad de los Sres. miembros asistentes a la votación del presente punto, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerde prestar su aprobación a la propuesta contenida en el mismo."

Consta en el expediente informe de Secretaría General de fecha

27 de enero de 2003, acerca del procedimiento jurídico formal.

El resultado de la votación fue el siguiente:

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros de la Corporación asistentes a la votación del presente punto, dio su aprobación al dictamen cuyo texto ha sido transcrito y, consecuentemente, adoptó los acuerdos en el mismo propuestos." Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente acuerdo podrá interponer,

potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación,

o bien recurso contencioso-administrativo ante la

correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio y finalizará el día que termine el plazo de la última publicación que se efectúe en el BOP o en el BOJA, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, le comunico que contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición podrá interponer igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresamente del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto

expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Málaga, 13 de febrero de 2003.- El Alcalde, P.D., El Teniente- Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras, Tráfico y Desarrollo Territorial, Manuel Ramos Gámez.

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