Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 10/04/2003

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 27 de marzo de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario, Interventor y Tesorero del Consorcio de Aguas del Huesna y acumulación de los mismos a tres habilitados nacionales de la Diputación de Sevilla.

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El Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla), mediante Acuerdo de su Junta General de 18 de diciembre de 2002, ha solicitado de esta Dirección General de la Función Pública la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario, Interventor y Tesorero, y la acumulación de sus funciones a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostenten los cargos de Vicesecretario General, Interventor y Tesoreo, respectivamente, en la Diputación de Sevilla, habiéndose incorporado al expediente la conformidad de los aludidos funcionarios, mediante escrito de 26 de febrero de

2003 y de la citada Corporación Provincial en sendas Resoluciones de la Presidencia de 4 de septiembre de 2002 y 26 de febrero de 2003.

Se fundamenta la anterior solicitud en que, en el Consorcio desde su constitución y hasta la fecha, las plazas de Secretario General, Interventor y Tesorero, se han venido desempeñando por los funcionarios que ejercen dichos cargos en la Diputación Provincial, con la salvedad de la delegación de funciones del Secretario en el Vicesecretario General, ya que la Diputación es miembro fundador e integrante del mismo, no resultando conveniente la creación formal de los mismos puestos en el Consorcio, pues la práctica ha demostrado que tal esquema funcional tiene capacidad suficiente para el perfecto desarrollo de las funciones reservadas a tales puestos. Para conseguir el objetivo anterior se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril; 4 y 31 del Real Decreto 1732/1994, de

29 de julio; 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía, competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española. En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo

44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, modificado por Decreto

121/2002 de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, he tenido a bien disponer:

Primero. Se acuerda la exención de la obligación de mantener los puestos de trabajo de Secretario General, Interventor y Tesorero del Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla).

Segundo. Se autoriza la acumulación de las funciones de los puestos de Secretaría General, Intervención y Tesorería del Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla), a los funcionarios con habilitación de carácter nacional, don José Luis Rodríguez Rodríguez, don José Fernández Carmona y don José Manuel Farfán Pérez, que ostentan los cargos de Vicesecretario General, Interventor General y Tesorero, respectivamente, de la Diputación de Sevilla.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el articulo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de marzo de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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