Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 07/05/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE AÑORA

ANUNCIO de modificación de bases (BOJA núm. 44, de 6.3.2003).

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Por medio del presente anuncio se hace público el acuerdo de Comisión de Gobierno de fecha 13 de marzo de 2003, que se transcribe a continuación, por el que se modifican las Bases reguladoras de la convocatoria de una plaza de Administrativo, y que fueron publicadas en el BOJA núm. del pasado 6 de marzo: Modificar las Bases reguladoras de la convocatoria para la provisión de una plaza de Administrativo del personal laboral fijo al servicio de este Ayuntamiento por el sistema de promoción interna y procedimiento de concurso de méritos, aprobadas por acuerdo de la Comisión de Gobierno de fecha 30 de enero de 2003, en la siguiente forma:

Primero. La Base V Tribunal, queda redactada de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o Concejal/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a funcionario/a público/a designado/a por la Junta de Andalucía.

- Un/a funcionario/a de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional designado/a por el Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.

- Un/a Concejal/a designado/a por el Grupo Político con mayor número de Concejales en la Corporación.

- Un/a Concejal/a designado/a por el segundo Grupo Político con mayor número de Concejales en la Corporación.

Secretario: El de la Corporación o quien legalmente le sustituya.

La designación de miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los/as vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.

Segundo. La Base VII Calificación del Tribunal queda redactada de la siguiente forma:

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los/as aspirantes calificándolos de acuerdo con el Baremo de Méritos (Anexo I), la puntuación mínima exigida para ser incluido en la lista de aprobados es de 5 puntos.

El Tribunal, una vez determinados los aspirantes aprobados, que no podrán superar el número de plazas convocadas, elevará su propuesta, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, empezando a contar, desde ese día, los plazos para las posibles impugnaciones y recursos, a tenor de lo establecido en la legislación vigente.

El Tribunal que juzgará el concurso objeto de esta convocatoria, se clasifica dentro de la tercera categoría, a los efectos prevenidos en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso.

Añora, 16 de abril de 2003.- El Alcalde.

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