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NIG: 2906742C20010009946.
Procedimiento: Ordinario (N) 382/2001. Negociado: 2S. De: Doña Encarnación Flores Doña.
Procurador: Antonio Anaya Rioboo.
Contra: Don Alfonso Cotta Calderón, Danuel "AM", SL, Ges Seguros y Reaseguros, SA y Encofradados Ruiz Molina- Romeral, SL.
Procuradoras: Elena Ramírez Gómez, Francisca Valderrama González.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Ordinario (N) 382/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Málaga a instancia de Encarnación Flores Doña, contra Alfonso Cotta Calderón, Danuel "AM", SL, Ges Seguros y Reaseguros, SA y Encofradados Ruiz Molina-Romeral, SL, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Málaga a 13 de enero de 2003.
Vistos y examinados por mi, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. 2 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 382/01, a instancia de Encarnación Flores Doña, representada por el Procurador Sr. Anaya Rioboo, y asistida del Letrado Sr. Costas Barcelón, contra Alfonso Cotta Calderón, representado por la procuradora Sra. Ramírez Gómez, y asistido del Letrado Sr. Ramírez, contra Danuel AM, SL representada por la procuradora Sra. Valderrama González y asistida por el Letrado Sr. Fajardo, y con la entidad Encofrados Ruiz Molina-Romeral, SL.
F A L L O
Que desestimando la demanda interpuesta por la parte actora, debo absolver y absuelvo a Alfonso Cotta Calderón, Danuel AM, SL, Entidad Aseguradora Ges y Encofrados Ruiz Molina-Romeral, SL de la pretensión planteada contra los mismos. Respecto a las costas, procede que cada parte abone las causadas a su instancia y las comunes por mitad. Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días. Firmado y rubricado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Encofrados Ruiz Molina-Romeral, SL, declarado en rebeldía y de paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Málaga a 21 de abril de 2003.- El/la Secretario.
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